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Operadores de patines eléctricos deberán tramitar permiso anual ante la AMEQ

Los operadores de patines eléctricos deberán tramitar un permiso anual expedido por la AMEQ; además, estarán sujetos a lineamientos de uso y estacionamiento

La Agencia de Movilidad del Estado de Querétaro (AMEQ) emitió los “Lineamientos para la prestación del servicio especializado de transporte a través del uso y operación de vehículos no motorizados en el estado de Querétaro”, el cual contempla la regulación de los patines eléctricos.

Según los lineamientos, que cobraron validez a partir de un acuerdo publicado el 10 de enero en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, “La Sombra de Arteaga”, los operadores de patines eléctricos –personas físicas o morales que que arrienden dicho tipo de vehículos- deberán obtener un permiso anual expedido por la AMEQ, el cual podrá ser renovado y se sujetará al cumplimiento de la Ley de la Agencia de Movilidad y Modalidades de Transporte Público para el Estado de Querétaro.

También el permiso de operación contendrá el número mínimo y el número máximo de patines autorizados para la prestación del servicio, según las condiciones técnicas que determine la Agencia, con base en la infraestructura, la demanda del servicio y las capacidades operativas del operador.

El permiso de operación contendrá, además, el número mínimo y el número máximo de patines autorizados para la prestación del servicio, según las condiciones técnicas que determine la Agencia, con base en la infraestructura, la demanda del servicio y las capacidades operativas del operador.

De manera adicional, el permiso de operación deberá cumplir con ciertos requisitos, entre ellos, el pago de los derechos correspondientes, los cuales serán determinados según el listado de trámites y servicios prestados por la AMEQ, así como acreditar que se cuenta con póliza de seguro vigente por su uso y la implementación de sistemas de geolocalización (GPS) para monitorear su utilización en tiempo real.

“Los presentes lineamientos tienen como objeto establecer las obligaciones y condiciones a las cuales quedarán sujetas las personas físicas y morales que presten el servicio especializado de transporte a los usuarios, a través de vehículos no motorizados que utilicen como medio de transporte para trasladarse por la vía pública a diversos destinos dentro de una zona autorizada por la Agencia”, señala el acuerdo.

La normatividad también precisa que los patines eléctricos deberán cumplir requisitos técnicos mínimos, por ejemplo, luces delanteras y traseras operativas para uso nocturno; frenos en buen estado, un timbre funcional y un número de identificación visible y único por cada patín eléctrico.

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Monica Gordillo

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