Mucho se ha hablado sobre la importancia de la previsión funeraria, ello con el objetivo de no dejar a los suyos con una preocupación durante el duelo, y no es para menos
De acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), se estima que en México sólo 4% de la población cuenta con un plan funerario, sin embargo, ¿sabes qué hacer en caso de que el proveedor de dicho servicio incumpla con lo estipulado en el contrato?
Actualmente existen diversas agencias que brindan la oportunidad de adquirir diferentes paquetes, productos o servicios en caso de que llegue a faltar, ante ello, la Profeco, destacó la importancia de que, como consumidor, esté enterado de qué acciones puede tomar en caso de que el prestador de estos servicios incumpla con los términos pactados.
En México existe una Norma Oficial que se refiere a los proveedores de servicios funerarios: se trata de la NOM-036-SCFI-2016, la cual, de acuerdo con la procuraduría “regula los requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios y que aplica a todas las personas físicas y morales dedicadas a la comercialización e intermediación de dichos servicios”.
Dentro de dicha norma también se establece que los prestadores del servicio deben contar con un contrato de adhesión, el cual debe especificar la vigencia de los derechos de uso de lotes o fosas de cementerio o panteón, los lugares y horarios donde se deben prestar los servicios contratados y la descripción detallada de éstos, así como el precio unitario o total a pagar.
Identifica las obligaciones
Por otra parte, entre las obligaciones que la Profeco difundió y que los proveedores deben tener con sus clientes son proporcionar su catálogo de productos y servicios de acuerdo a lo establecido en la NOM; contar con vehículos adecuados para el traslado exclusivamente de cadáveres, autorizados de conformidad con las disposiciones aplicables; contar con las licencias, permisos, autorizaciones, avisos y la documentación que establezca el orden jurídico que regule sus actividades y servicios que ofrece y respetar los precios ofrecidos. Otra de las obligaciones consiste en abstenerse de condicionar la prestación de servicios o venta de productos a la adquisición de paquetes, de ahí la importancia de investigar y comparar promociones y paquetes de servicios así como revisar los términos y condiciones.
De igual forma, otra de las facultades que tiene como consumidor consiste en ceder o transferir los derechos sobre los servicios contratados, para ello deberá especificar los procedimientos a seguir y, en su caso, los cargos que esto origine, además entre sus derechos también destaca que puede rescindir el contrato de adhesión dentro de los cinco días hábiles siguientes a su firma, sin la disminución de los pagos realizados, “así como el compromiso del proveedor de devolver íntegramente dichas cantidades en un plazo no mayor a los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificada por escrito dicha cancelación”, aclara la Profeco.
¿Cómo actuar ante un caso de incumplimiento? Debido a que la Profeco es la dependencia encargada de supervisar a estas empresas, también recaba todas las denuncias y quejas que los consumidores emiten hacia dichos proveedores.
En caso de que el prestador de servicios funerarios haya incumplido, puede presentar una queja ante la procuraduría, a partir de ahí se realizará un acto de conciliación entre el proveedor y el consumidor por medio de un servidor público de la Profeco con el objetivo de encontrar una solución.
Por otra parte, la denuncia podrá realizarla en caso de que el prestador de servicios incumpla con las disposiciones establecidas en la ley como por ejemplo si el proveedor no exhibe los precios y nos los respeta, no entrega notas o comprobantes, condiciona o niega la venta de un servicio o si incumple con los términos y condiciones de venta.
Proveedores, en la mira
Debido a que la Profeco es la dependencia que recibe las quejas y denuncias contra este tipo de empresas, en el 2020 los servicios funerarios no salieron bien librados ya que, entre los principales motivos de reclamación durante el año pasado fueron tres los que tuvieron mayor impacto: negativa a proporcionar el producto o servicio; negativa a la rescisión del contrato y negativa a realizar reembolsos.