Las personas físicas que tributan desde el 2022 en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) tienen hasta el 31 de marzo para tramitar su firma electrónica (e.firma), sino dejarán de recibir los beneficios que brinda este régimen.
Dicho de otra manera, de no contar con la firma electrónica, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) asignará al contribuyente en el régimen fiscal que corresponda con su actividad, ya sea empresarial, de arrendamiento u honorarios, de acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Si el contribuyente inició actividades económicas durante el 2023, es decir que se inscribió en el nuevo régimen, deberá contar con la e.firma a más tardar en los 30 días naturales siguientes a la fecha de inicio de actividades.
Ariana Martínez Molina, integrante de la comisión de desarrollo fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, comentó a este medio que cuando se saca la e.firma por primera vez los contribuyentes tienen que acudir a una oficina del SAT con cita previa.
“Hay que verificar que se puedan tener citas disponibles, considerando que se viene (en abril) el tema de las declaraciones anuales de personas físicas. El SAT va a estar saturado con citas”, dijo la experta.
Para esta semana, el semáforo de citas de la autoridad fiscal mostró que la baja disponibilidad de citas, es decir más de 21 días hábiles para conseguirla, sólo afecta a 9% de las 154 oficinas en todo el país. En comparación con la semana previa, el indicador subió 5 puntos porcentuales.
La integrante del colegio recordó que para tramitar la firma electrónica por primera vez es necesario tener a la mano la credencial para votar, la Clave Única de Registro de Población, una memoria USB, comprobante de domicilio e imprimir el registro de la cita.
Paralelamente, el Servicio de Administración Tributaria señaló que las personas físicas que tributen en el Resico deberán contar con el buzón tributario habilitado, o bien registrar o actualizar sus medios de contacto, a más tardar este viernes.
Además, a partir del primero de abril las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado deberán emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura) usando la firma electrónica.
Mientras tanto, tienen hasta el 31 de marzo para continuar utilizando los aplicativos “Factura Fácil” y “Mi nómina” ubicados en “Mis cuentas” dentro del sitio de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
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