La iniciativa de reforma en pensiones presentada esta mañana, considera tres cambios importantes dentro del régimen de la ley del seguro social de 1997
La iniciativa de reforma en pensiones que presentó esta mañana el presidente Andrés Manuel López Obrador y que cuenta con el aval de los sindicatos de trabajadores y de empresarios, consta de tres cambios importantes dentro del régimen de la ley del seguro social de 1997, bajo el que operan las administradoras de fondos para el retiro (afores).
1. Aumentar las aportaciones de 6.5% a 15% en un periodo de 8 años
Actualmente, las aportaciones al ahorro para el retiro de los trabajadores son de 6.5 por ciento. Dicha aportación se conforma de las contribuciones que hacen tanto trabajador, empresa y gobierno. Se conforma así:
- 5.15% Patrón
- 1.125% Trabajador
- 0.225% Gobierno
Si se aprueba la propuesta que ya fue entregada al Congreso de la Unión, las aportaciones quedarían así:
- 13.875% Patrones
- 1.125% Trabajador*
- 0.225% Gobierno*
*Las aportaciones dependerán del ingreso de cada trabajador.
En el caso del patrón, la aportación puede ir desde 5.151 por ciento para trabajadores con un ingreso de 10 salarios mínimos, hasta 13.875 por ciento para quienes perciban ingresos de 25 Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Para el caso del gobierno, la cuota va de 8.724 por ciento para trabajadores con ingreso de 1 salario mínimo a 1.798 por ciento para los que tienen ingresos de 4 UMA.
2. Se reducen semanas de cotización de 1,250 (24 años) a 750 (14 años), considerando que cada año tiene 52 semanas.
Para poder tener acceso a una pensión en el régimen de la ley del seguro social de 1997, los trabajadores deben cumplir con 1,250 semanas de cotización en el mercado laboral formal, que son 24 años.
Sin embargo, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional del Sistema de ahorro para el Retiro (Consar), en 2021, cuando se cumplan 24 años de las afores, solo 24 por ciento de los trabajadores que cotizan con este esquema alcanzará las 1,250 semanas.
Por ello, la propuesta sugiere reducir a 750 semanas de cotización (14 años), para que alcancen al menos la pensión mínima garantizada.
Si el trabajador cuenta con 750 semanas y tiene la edad de retiro (60 años si se quiere retirar por cesantía en edad avanzada o 65 años si es por vejez) podrá tener acceso a una pensión.
Dicha pensión se complementará con la que el gobierno otorga a través del programa Pensión para Adultos Mayores, la cual se entrega a los 68 años y 65 años para personas indígenas.
3. Se eleva la Pensión Mínima Garantizada
Actualmente, la ley establece que, si una persona percibe de su afore un monto menor a la pensión mínima garantizada que son alrededor de 3 mil 289 pesos, el gobierno la complementará.
Es decir, si usted recibe de su afore 2 mil pesos, el gobierno le dará mil 289 pesos, para que tenga por lo menos la pensión mínima garantizada. Este beneficio solo se otorga a las personas que alcancen las 750 semanas de cotización.
Por ello, con la reducción de semanas de 1,250 a 750 se propone subir la pensión mínima garantizada a un valor promedio de 4 mil 345 pesos.
Con estas acciones se proyecta que la tasa de reemplazo, porcentaje que representa la pensión respecto del último salario recibido por el trabajador antes del retiro, se eleve en promedio 40 por ciento respecto de su nivel actual, detalló.
Es importante aclarar que, si se tienen las 750 semanas de cotización, pero no la edad de retiro, no puede pensionarse hasta cumplir dicha edad.
Con información de El Economista