La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este miércoles el proyecto de sentencia que obligaría al Congreso de Veracruz a modificar el Código Penal local para despenalizar la interrupción del embarazo, bajo cualquier causa antes de las 12 semanas, o en cualquier momento si fuera producto de una violación o inseminación artificial no consentida.
Cuatro ministros de la Primera Sala rechazaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que planteaba que la actual legislación de Veracruz es omisa, discriminatoria y violatoria a los derechos reproductivos de las mujeres.
Con voto en contra, la ministra Norma Lucía Piña Hernández dijo que la interrupción del embarazo en Veracruz sí “está regulada”, por lo que señaló no compartir el concepto de “omisión legislativa” en el amparo interpuesto por organizaciones civiles, feministas y defensoras de derechos humanos.
“No existe un mandato que obligue a los legisladores a regular de forma específica. La corte incurriría en activismo judicial que desbordaría sus facultades constitucionales (…) No me pronuncio en cuanto al fondo de la constitucionalidad de las normas; voy en contra del proyecto por el tratamiento que se le da (al proyecto)”, explicó.
Pos su parte, la ministra Margarita Ríos-Farjat también se pronunció en contra del proyecto, alegando que no hay omisión legislativa porque, señaló, la norma sí existe. También los ministros Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena rechazaron el proyecto.
Los ministros afirmaron que el motivo para desestimar la discusión en origen tiene que ver con la presunta omisión legislativa del Congreso veracruzano, no por estar en contra del fondo del asunto.
El proyecto de sentencia proponía que el Congreso de Veracruz modificara los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, incluir la causal de riesgo para la salud de la mujer y eliminar el plazo de 90 días para la interrupción en casos de violación.
El proyecto deberá ser redactado nuevamente por otro ministro o ministra de la SCJN y que podrá ser discutido posteriormente.
Con información de Agencias
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