Categorías: FeaturedNACIONAL

Senado aprueba la llamada “Ley Nieto” que faculta a la UIF para bloquear cuentas sin orden judicial

La Unidad de Inteligencia Financiera sería la encargada de integrar una lista de personas investigadas por evasión fiscal, lavado de dinero o terrorismo a las se bloqueará para realizar cualquier movimiento en el sistema bancario

El pleno del Senado aprobó reformas a la Ley de Instituciones de Crédito en las que se faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda a bloquear cuentas bancarias sin una orden judicial.

Las enmiendas prevén que la UIF sea la encargada de integrar una lista de personas investigadas por evasión fiscal, lavado de dinero o terrorismo a las cuales se les bloqueará para realizar cualquier movimiento en el sistema bancario, como aperturas de cuentas o movimientos de recursos.

Las reformas incluyen también que las entidades financieras serán las responsables de notificar, por escrito o medios digitales, a las personas que se introduzcan a la lista de personas bloqueadas por contar con indicios suficientes de que se encuentran relacionadas con los delitos antes descritos.

La minuta, que fue devuelta a la Cámara Baja para una nueva revisión luego de que los senadores determinaron modificarla, precisa que a la persona interesada, previa solicitud, se le otorgará audiencia para que, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de su bloqueo, manifieste por escrito o de manera verbal lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos.

Los cambios aprobados previamente por los diputados federales, a partir de la minuta que les remitieron los senadores — y que tras una segunda revisión la Cámara Alta determinó modificar— consistían en establecer que la UIF sería quien notificara, por escrito, de la inclusión en la lista de personas bloqueadas.

Desde la óptica de los senadores, la redacción propuesta por los diputados federales representa una imposibilidad material y un problema práctico.

“Esto es así, porque cuando la UIF determina incluir a una persona a la lista de personas bloqueadas lo que hace es emitir por medios digitales un oficio a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en el cual se gira la instrucción de difundir entre las entidades financieras la inclusión referida para que se encuentren en posibilidad de cumplir con la suspensión de operaciones”, precisa la minuta.

Con información de El Economista

Frena SAT en aduanas 10 mil pruebas ilegales de Covid

Redacción

El equipo de CódigoQro proporciona información precisa y oportuna sobre diversos temas de interés general. ¡La información no se vende! Escribimos realidades.

Entradas recientes

Pese a desaparición del INAI, hay garantía de salvaguarda del derecho a la información: Ramírez Cuéllar

El diputado federal de Morena, Alfonso Ramírez Cuéllar, explicó que la extinción del INAI también…

4 horas hace

Entre chismes y campanas 25 de noviembre

Demanda de tarjetas bajó ante avance en abordaje con modalidad de prepago: AMEQ Que la…

4 horas hace

Trabajan en la UAQ en elaboración de anticonceptivo masculino reversible

Aseguran que el proyecto es beneficiado con el Fondo de Proyectos Especiales de Rectoría de…

5 horas hace

Xolos elimina a Atlas y avanza a los cuartos de final

Tras haber derrotado 3-0 a los Rojinegros del Atlas en el Play-In, los Xolos de…

10 horas hace

Celebran anuncio de las Fiestas de Navidad 2024

Con la salida del carro del anuncio en el Centro Histórico de Querétaro, comenzaron oficialmente…

10 horas hace

Yamandú Orsi gana las elecciones presidenciales en Uruguay

Con una ventaja de más de 95 mil votos, Yamandú Orsi, candidato del izquierdista Frente…

11 horas hace