La reforma plantea que se pueda actuar penalmente en contra del agresor mediante una denuncia de un tercero sin requerir de la acción por parte de o de los perjudicados
Para que esté acorde a la nueva realidad generada por el Covid-19, y con el fin de fortalecer su erradicación, la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para que el delito de violencia familiar se persiga de oficio, es decir, sin necesidad de una denuncia por parte de las víctimas.
El dictamen, aprobado por consenso de 434 votos, y que se remitió al Senado de la República para sus análisis, adiciona un tercer párrafo al artículo 343 Bis al Código Penal bajo el argumento de que la legislación actual sólo contempla la persecución de este delito a través de una denuncia, en la cual es indispensable la voluntad del ofendido para que se promueva y ejercite la acción penal.
Las diputadas y diputados también señalaron que la actual norma no toma en consideración la diversidad de casos que pueden actualizarse como resultado de la comisión de dicho delito, entre ellos que la violencia física en la familia frecuentemente la acompaña la psicológica.
“En consecuencia, es posible aseverar que no se contemplan los casos en los cuales la violencia psicológica hace que las víctimas sean susceptibles de padecer amenazas, intimidación, temor o control, lo cual puede imposibilitarlas a ejercer acción penal contra su agresor”, plasma el dictamen.
Con información de El Economista