El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió un mes más el plazo para personas físicas para presentar su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2020.
El SAT publicó este lunes en su sitio web la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, Quinta Versión Anticipada para el plazo para la presentación de la declaración anual.
De acuerdo con lo planteado en la resolución miscelánea fiscal, se dice que, “para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la ‘Ley del ISR’, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020 a más tardar el 31 de mayo de 2021”, el SAT confirmó que lo expuesto en la miscelánea es correcto.
Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, a más tardar el 31 de mayo de 2021”.
El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) considera que esto un beneficio útil para las personas físicas.
Desde el viernes 29 de noviembre, la muestra Memorias, gráfica del lingüista, indigenista y traductor…
La primera edición del encuentro internacional de educación del carácter tuvo como finalidad contribuir al…
La Secretaría de Salud del Estado de Querétaro busca que los promotores de salud mental…
La Coordinación Estatal de Protección Civil de Querétaro realizó un donativo de cobijas al DIF…
En el Campus Jalpan de Serra, la Facultad de Enfermería de la UAQ creará un…
El IQM anunció que habilitará espacios en los municipios de Jalpan de Serra y Ezequiel…