El tope para el pago del PTU aprobado en abril se podrá aplicar hasta el 2022; es decir, cuando las empresas compartan con su fuerza laboral las ganancias de 2021
El 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas hagan el reparto de utilidades entre sus trabajadores. Mientras tanto, las personas físicas con actividad empresarial, tienen hasta el 29 de junio para cumplir con esta obligación.
La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU) es un derecho de la fuerza laboral establecido en el artículo 123 de la Constitución y reglamentado en la Ley Federal del Trabajo. Actualmente, los empleadores deben repartir el 10% de sus ganancias anuales entre su capital humano.
Con la reforma de subcontratación se incluyó un nuevo criterio para el cálculo del PTU. Aunque el porcentaje de las ganancias a repartir sigue siendo el mismo, el monto que se le entregará a cada trabajador no podrá exceder los tres meses de sueldo o bien, tendrá que equivaler al promedio del reparto de utilidades recibido en los últimos tres años, lo que más convenga al empleado. Sin embargo, esta norma no se podrá aplicar este año.
“A partir de la publicación se cuenta con un plazo de 90 días para que las empresas puedan regularizarse, es decir, un plazo de tres meses. Vamos a decir que, si se publica hoy, antes de agosto ya estaría aplicándose la reforma. Quiere decir que en este reconocimiento y en esta transferencia de trabajadores reconocidos como propios, entonces a partir de ese reconocimiento es que para el siguiente reparto de utilidades serán partícipes de ese derecho”, explicó Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social en conferencia de prensa en Palacio Nacional.
El PTU es un derecho con un componente fiscal y laboral. Las ganancias que comparten las compañías con su fuerza de trabajo depende de lo que estas reporten a través de su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El monto que reciben los trabajadores por concepto de reparto de utilidades cada año corresponde a las ganancias generadas en el ejercicio fiscal anterior. Es decir, en 2021 las empresas reparten las utilidades obtenidas en 2020.
Uno de los objetivos de la reforma de subcontratación fue garantizar la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Entre el consenso alcanzado por el gobierno, el sector privado y los representantes de los trabajadores para que avanzara el proyecto legislativo se contempló un tope al PTU para evitar distorsiones al momento de prohibir el outsourcing basado en suministro de personal y, por lo tanto, los esquemas de insourcing.
En ese sentido, Sara Morgan, procuradora de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México, considera que la participación en las utilidades de los trabajadores hasta ahora subcontratados, se reflejará el siguiente año.
Sin prórroga, pero sí reducido
El año pasado, la pandemia no fue un argumento válido para que las empresas no cubrieran el PTU, puesto que las ganancias a repartir correspondían a las actividades de 2019. Este año, el panorama es distinto, aunque la emergencia sanitaria sigue sin ser una razón para evadir esta obligación, la menor actividad económica que se observó en 2020 impactará esta prestación.
“Como lo marca la Ley Federal del Trabajo, las y los trabajadores tienen el derecho a recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o empleador por la actividad productiva o servicios que ofrece en el mercado. Este año, las personas morales deberán efectuar el pago a más tardar el 30 de mayo, en tanto que las físicas con actividad empresarial tienen como fecha límite el próximo 29 de junio”, expone la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Sin prórroga, es probable que los trabajadores de industrias afectadas por el impacto económico de la emergencia sanitaria reciban un monto más reducido a diferencia de otros años.
“Es natural, porque la pandemia tuvo un efecto económico. Hubo muy pocas empresas que tuvieron sobreproducción y no reportaron pérdidas. Sí se espera una reducción, no se podría esperar de otra manera porque es un efecto lógico porque el ejercicio fiscal del año pasado sí fue afectado por la pandemia”, explica Sara Morgan.
¿Cómo se paga el PTU 2021?
Óscar de la Vega, socio de la firma D&M Abogados, detalla que el 10% de utilidades que deben repartir las empresas se individualizará considerando los dos factores tradicionales: días trabajados y salario devengado.
Para el siguiente año, agrega, se continuará aplicando la misma fórmula, pero con un nuevo criterio. Si después de contemplar los días trabajados y el salario, el monto de PTU es superior a tres meses de sueldo, este se topará a tres meses.
“Este tope de tres meses y esta nueva fórmula debe aplicarse para el ejercicio 2021, que será pagado en 2022”, enfatiza el especialista.
Las ganancias que compartirán las empresas con sus trabajadores, comenta Óscar de la Vega, se determinan con la declaración anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR), de ello depende el monto a repartir.
En un contexto de PTU reducido, Sara Morgan no descarta que haya dudas entre los trabajadores con respecto al monto que reciban. Sin embargo, pide acercarse a la red de procuradurías de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría y comprobar que el pago es correcto.
Excepciones y sanciones
La Ley Federal de Trabajo prevé algunas excepciones en el pago del PTU. Por ejemplo, los directores, administradores y gerentes generales no participan en el reparto de utilidades.
Por otra parte, hay seis criterios que exceptúan a las compañías de este pago, esto es cuando:
- Una empresa es de nueva creación y está en su primer año de operaciones.
- La empresa es de nueva creación y se encuentra en la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
“Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, tienen la obligación de repartir utilidades a sus trabajadoras y trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creación”, exponen las autoridades federales.
Los trabajadores que no reciban utilidades, pueden reportar a su empleador al correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx, o bien comunicarse a la Profedet para recibir asesoría, a los teléfonos (800) 717-2942 y (800) 911-7877 y (55) 5998-2000 en las extensiones 44782 y 44783.
La sanción por no pagar el PTU es de entre 22 mil 405 y 448 mil 100 pesos.