El TEPJF amplió de 10 a 90 días naturales la duración de las licencias de paternidad con goce íntegro de sueldo, con el fin de garantizar a los padres los mismos beneficios que se otorgan a las madres
La Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) amplió de 10 a 90 días naturales la duración de las licencias de paternidad con goce íntegro de sueldo, con el fin de garantizar a los padres los mismos beneficios que se otorgan a las madres trabajadoras de ese órgano jurisdiccional.
Esta medida se aplicará por primera vez en el máximo órgano jurisdiccional electoral y es acorde con la disposición que la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó el 22 de septiembre del presente año.
Al ampliar las licencias de paternidad a tres meses, el Tribunal Electoral reconoció la importancia de la responsabilidad compartida en la crianza, cuidado y atención del recién nacido.
“Además, elimina prejuicios y prácticas consuetudinarias basadas en estereotipos de género que suponen que las mujeres deben ser las responsables directas de la crianza y cuidado de las hijas o hijos, imponiéndoles cargas de trabajo no remunerado”, dijo el Tribunal.
Destacó que con la medida se cumple con el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, primer párrafo, que consagra el derecho fundamental a la igualdad.
Argumentó que desde 2008, el TEPJF ha desarrollado un programa en materia de igualdad de género, que ha consistido en incorporar la perspectiva de género en el quehacer institucional, e impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
“La ampliación de la licencia de paternidad para todos los trabajadores del Tribunal Electoral constituye un paso fundamental hacia una sociedad igualitaria y para consolidar el respeto a los derechos humanos de nuestra sociedad”, expuso.