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Veda de propaganda gubernamental por revocación de mandato concluirá el 10 de abril, reitera el INE

El Instituto Nacional Electoral (INE) insistió que la prohibición de emitir propaganda política es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno, desde el 4 de febrero y hasta el 10 de abril

El Instituto Nacional Electoral (INE) aclaró que, conforme a lo establecido en la Constitución y la ley, el Gobierno federal no podrá difundir propaganda desde el 4 de febrero y hasta el 10 de abril, fecha en que se celebrará la consulta de revocación de mandato al Presidente de la República.

Detalló que conforme al artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021, durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

Esta mañana, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo en su conferencia matutina que solicitará al Poder Judicial que puntualice lo que el Ejecutivo federal puede o no informar en el contexto de la veda electoral por la próxima consulta de revocación de mandato.

Sin embargo, es el INE la autoridad responsable de emitir las reglas de organización y realización de la consulta de revocación, toda vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación únicamente resuelve controversias legales de los partidos y candidatos.

En ese marco, el INE dijo que la prohibición de emitir propaganda es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).

Mencionó que la misma norma establece también que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato.

“Si bien en la Ley Federal de Revocación de Mandato se establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral”, detalló el INE.

Añadió que conforme a esta base normativa, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE podría conocer sobre cualquier irregularidad para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes, y será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.

El presidente López Obrador no presentó este lunes videos sobre avances en obras de infraestructura, y admitió que todo lo que hace en este momento su gobierno puede considerarse propaganda. Consideró que las reglas emitidas son muy generales.

“Por eso no tocamos nada del tema, aunque está complicado, por eso queremos saber, para apegarnos. Aun cuando se trata de obras que se están haciendo en beneficio de todos, que no tienen que ver con lo electoral, de todas formas, queremos que las instancias judiciales nos aclaren qué podemos y qué no podemos informar. Vamos a procurar ser muy claros”, sostuvo.

López Obrador dijo que la Consejería Jurídica de Presidencia, en conjunto con la Secretaría de Gobernación (Segob), solicitarán la aclaración, e incluirá lo relativo a sus giras de trabajo y la próxima inauguración del Aeropuerto Internacional “General Felipe Ángeles”. El mandatario dijo que en caso de tenerlo prohibido, el próximo 21 de marzo no emitirá mensaje con motivo de la inauguración de dicho aeropuerto.

Con información de El Economista

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Redacción

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