El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los gobernadores de Morena en 18 entidades deben retirar la difusión de un comunicado en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador, por tratarse de propaganda gubernamental en el periodo de veda por la consulta de revocación de mandato.
El TEPJF mencionó que si bien los funcionarios gozan de libertad de expresión, también tienen un especial deber de cuidado de sus actos y expresiones con motivo de sus funciones.
Durante una sesión privada y por unanimidad de votos, la Sala Superior confirmó las medidas cautelares dictadas la semana pasada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).
El Partido Acción Nacional (PAN) presentó una denuncia contra la difusión de un comunicado difundido en redes sociales titulado “Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación”, mediante el cual la jefa de Gobierno de la Ciudad de México y otros 17 Gobernadores del país manifestaron su respaldo al Presidente de la República y destacaron las políticas públicas impulsadas por su gobierno.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el PAN y ordenó retirar el comunicado denunciado. Esta decisión fue impugnada ante el Tribunal por la jefa de Gobierno y otros gobernadores firmantes.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno de la Sala Superior confirmó la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, pues desde una perspectiva preliminar, la difusión del comunicado es contraria a lo establecido en la Constitución federal y en la Ley Federal de Revocación de Mandato. Dicha normatividad establece la prohibición de difundir propaganda gubernamental desde la emisión de la convocatoria a la consulta hasta la conclusión de la jornada de votación.
Las magistradas y los magistrados de la Sala Superior mencionaron que para que las expresiones emitidas por servidores públicos sean consideradas propaganda gubernamental no se requiere necesariamente acreditar que éstas sean financiadas con recursos públicos, sino que para efectos de las medidas cautelares es necesario que dichas expresiones estén relacionadas con informes, logros de gobierno, beneficios o compromisos cumplidos por parte de algún representante público.
La Sala Superior determinó que las restricciones en materia de propaganda gubernamental pueden materializarse a través de todo tipo de medio de comunicación social, incluyendo las redes sociales.
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