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Confirman multa a Que siga la democracia por promoción de revocación de mandato

Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF ratificó la multa de 8 mil 962 pesos a la asociación civil Que siga la democracia por haber promocionado indebidamente la consulta de revocación de mandato

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de sus magistrados multar a la asociación civil Que siga la democracia por promocionar de manera indebida el proceso de revocación de mandato del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, con la idea incorrecta de una “ratificación”.

En sesión pública a través de videoconferencia, el pleno resolvió por unanimidad confirmar la determinación de la Sala Regional Especializada de imponer una multa de 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, 8 mil 962 pesos a la asociación civil Que siga la democracia por incumplir la medida cautelar que le impuso la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

Los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) presentaron ante el Instituto Nacional Electoral (INE) una queja en contra del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y la organización civil Que siga la democracia por promoción indebida de la consulta de revocación de mandato, y al analizar el hecho, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró la procedencia de las medidas cautelares, consistentes en dejar de emplear la palabra “ratificación” en la propaganda de la asociación.

Posteriormente, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que la asociación civil Que siga la democracia continuó con la difusión de propaganda con el texto “ratificación”. Por tanto, el INE abrió un proceso de investigación.

Posteriormente, la Sala Regional Especializada del TEPJF resolvió que la organización efectivamente incumplió la medida cautelar, por lo que le impuso dicha multa. Inconforme, la asociación civil impugnó dicha decisión ante la Sala Superior.

Durante la sesión pública de este miércoles, el pleno de la Sala Superior -a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales- consideró que no eran procedentes los reclamos de la asociación civil, porque se constató que la asociación no realizó los actos necesarios para cumplir lo mandatado por la autoridad administrativa para dar cumplimiento a la medida cautelar.

Por ejemplo, se observó que no retiró la palabra “ratificación” de los 28 módulos para recopilar firmas que colocó en 18 entidades federativas.

Mencionó que no bastaba que la organización negara haber instalado los módulos en los que siguió utilizando la propaganda sancionada.

Revocación de mandato, una pérdida de tiempo: PAN Querétaro

El Economista

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