La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a los alcaldes de Iztacalco en Ciudad de México, Raúl Armando Quintero Martínez, y en Gustavo A. Madero, Francisco Chíguil Figueroa retirar de inmediato un desplegado que emitieron en favor del presidente Andrés Manuel López Obrador, por tratarse de promoción personalizada en favor del Ejecutivo federal durante el periodo de veda con motivo de la consulta de revocación de mandato.
Los consejeros del INE que integran dicha Comisión sesionaron este lunes para resolver cuatro quejas promovidas por partidos en el marco del proceso de consulta de revocación de mandato al presidente por pérdida de confianza ciudadana.
Una de las quejas fue del Partido Acción Nacional (PAN), quien denunció la difusión de presunta propaganda gubernamental en periodo prohibido, aparentemente pagada con recursos públicos, por el desplegado denominado “Alcaldes y alcaldesas de la 4ta transformación, manifestamos”, firmado por siete alcaldes de la Ciudad de México y difundido, en algunos casos, en sus respectivas cuentas de Twitter. El PAN solicitó su retiro y vincular a las personas responsables a dejar de realizar conductas que puedan afectar la equidad del proceso en la revocación de mandato.
El INE determinó que la alcaldesa de Iztapalapa, Clara Brugada Molina, eliminó de sus cuentas oficiales la publicación, pero no así los alcaldes Francisco Chíguil Figueroa, de Gustavo A. Madero y Raúl Armando Quintero Martínez, de Iztacalco.
La Comisión consideró, de manera preliminar, que se trata de promoción personalizada al destacar la imagen y nombre del Presidente de la República, con lo que se vulnera el principio de neutralidad de los servidores públicos denunciados en el marco del ejercicio de participación ciudadana al estar aún visibles en sus cuentas de Twitter, con lo que se incumple el especial de deber de cuidado que, con motivo de sus funciones, debe ser observado por cada persona del servicio público.
Por lo anterior, se ordenó a Raúl Armando Quintero Martínez y Francisco Chíguil Figueroa que, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realicen las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminar las publicaciones de sus cuentas de Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.
La Comisión de Quejas y Denuncias del iNE hizo un nuevo llamado a todas y todos los servidores públicos de los tres niveles de gobierno para que cumplan con su obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir en la opinión ciudadana en torno a la Revocación de Mandato en proceso, especialmente:
Al resolver otro asunto, el partido Morena denunció a la Directora de Desarrollo Humano y Educación, y a las titulares del Instituto Municipal de Cultura Física del municipio de Chihuahua, por la presunta difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato, referente a diversas convocatorias en materia de becas de apoyo a distintos sectores de la población.
La Comisión determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por cuanto hace a la convocatoria para becas del deporte, pues se trata de actos consumados debido que, a la fecha, no es posible acceder a la información denunciada.
En cuanto a las becas municipales para personas con discapacidad y el programa alimentario para el adulto mayor, en un análisis preliminar, mencionó que no se trata de propaganda gubernamental, sino de información necesaria para la ejecución de los programas sociales, mismos que no son prohibidos, ya que no buscan destacar alguna acción de gobierno, sino pretende que la ciudadanía de Chihuahua pueda acceder a ellos, lo que no afectan los principios de equidad y legalidad en la revocación de mandato.
Igualmente declaró la improcedencia de la cautelar por una entrevista que ofreció la Directora de Desarrollo Humano y Educación del ayuntamiento y difundida en la cuenta de Facebook de Juan Enrique López Aguirre, porque, desde una perspectiva preliminar, se realizó en días pasados y no se difunde de manera activa, y está amparada bajo la libertad de expresión.
Sin embargo, la Comisión de Quejas y Denuncias también consideró necesario realizar un llamado a la Directora de Desarrollo Humano y Educación del ayuntamiento de Chihuahua a fin de que, en todo tiempo, ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcando la obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad.
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