La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló penas de entre ocho y hasta 16 años de prisión para quienes trafiquen personas indocumentadas en México.
“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la pena de ocho a dieciséis años de prisión prevista en el artículo 159, fracción III de la ‘Ley de migración’, para castigar el delito de tráfico de indocumentados es constitucional, por ser acorde a los principios de igualdad y proporcionalidad de la pena”, dijo el supremo en un comunicado.
La decisión, señaló la institución, se deriva de la revisión de una sentencia de amparo directo concedida a una persona condenada por el delito antes mencionado.
“En desacuerdo, el inculpado interpuso un recurso de revisión en el que alegó la inconstitucionalidad de la pena prevista para sancionar el tráfico de indocumentados por ser discriminatoria y desproporcional con la conducta ilícita”, apuntó.
En su sentencia, la SCJN retomó las consideraciones de constitucionalidad vertidas en precedentes relativos al abrogado artículo 138 de la “Ley general de población”, cuyo contenido se reprodujo en la “Ley de migración” en la porción normativa analizada.
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