La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) informó que, por unanimidad de votos, la Sala Regional Especializada determinó existentes diversas infracciones atribuidas a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, cometidas durante el proceso de revocación de mandato.
De acuerdo con el TEPJF, el Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció ante el Instituto Nacional Electoral (INE) a Claudia Sheinbaum, por dos publicaciones realizadas en su cuenta Twitter, relacionadas con propaganda gubernamental indebida y la vulneración a las reglas de promoción del proceso de revocación de mandato.
El INE declaró procedentes las medidas cautelares que solicitó el PRD y ordenó a la jefa de Gobierno que se abstuviera de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con logros y actividades de gobierno, con el fin de no interferir en el proceso de revocación de mandato.
Posteriormente, el PRD denunció el incumplimiento de dichas medidas cautelares por dos nuevas publicaciones de Claudia Sheinbaum. Al respecto, la Sala Regional Especializada determinó existente la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y la vulneración a las reglas de promoción e incumplimiento de las medidas cautelares.
Asimismo, el TEPJF explicó en un comunicado, que Claudia Sheinbaum impugnó la determinación de la Sala Regional y alegó que las publicaciones denunciadas no constituyen propaganda gubernamental, pues tratan de información de interés público, así como de su rendición de cuentas como titular de la jefatura de gobierno.
En sesión por videoconferencia, la Sala Superior confirmó la determinación de la Sala Regional Especializada, al considerar lo siguiente:
a. La difusión de propaganda gubernamental en la que se aprecian acciones de gobierno y la imagen de la jefa de Gobierno durante el periodo del proceso de revocación de mandato, se tiene acreditada.
b. La indebida promoción del proceso de revocación de mandato es existente, pues se advierte que el objetivo del mensaje era invitar a la ciudadanía a participar en la jornada consultiva de dicho proceso;
c. En ese sentido, se acreditó el incumplimiento de medidas cautelares porque los mensajes difundidos en Twitter constituyeron propaganda gubernamental y fueron difundidos en periodo prohibido (SUP-REP-248/2022).
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