Ulises Bravo Molina, medio hermano del exfutbolista y gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo, no podrá ser congresista de Morena por haber sido postulado anteriormente por el partido Encuentro Social. Así lo determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En sesión pública por videoconferencia, por unanimidad, los magistrados del Tribunal determinaron declarar inelegible al ciudadano Ulises Bravo Molina para ser congresista nacional de Morena, en el marco del III Congreso Nacional Ordinario de dicho partido político.
Bravo Molina había ganado el primer distrito con más de 1,700 votos en la elección de consejeros estatales de Morena, e incluso fue designado dirigente estatal de ese partido.
La controversia surgió de la impugnación presentada por una actora contra la aprobación del registro de Bravo Molina para ser congresista nacional de Morena, al considerar que era inelegible conforme a la normatividad interna del partido.
Sin embargo, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena (CNHJ) declaró improcedente la cancelación del registro. Dicha resolución fue controvertida ante la Sala Superior del TEPJF.
A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la Sala Superior revocó la resolución de la CNHJ de Morena, al considerar que Ulises Bravo Molina sí es inelegible para ocupar el cargo de congresista nacional de Morena, porque, conforme a la base quinta de la Convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario, no pueden ser congresistas nacionales las personas que hubiesen sido postuladas como candidatas de un partido político diverso a Morena en los procesos electorales federales y locales 2020-2021 y 2021-2022, con la excepción de que hayan formado una coalición o candidatura común con dicho partido en tales procesos electorales.
En el caso, Ulises Bravo fue candidato a diputado federal por el Partido Encuentro Solidario en el proceso electoral federal 2020-2021, lo que actualiza la prohibición mencionada, ya que, por un lado, no fue postulado por Morena y, por otro, el Partido Encuentro Solidario tampoco formó coalición ni candidatura común con este en dicho proceso.
Asimismo, la Sala Superior determinó que, como lo sostuvo la actora, la CNHJ asumió incorrectamente que el partido Encuentro Social y el Partido Encuentro Solidario son una misma entidad, pues el primero perdió su registro tras el proceso electoral federal de 2018, por lo que se extinguió su personalidad jurídica.
En ese sentido, el TEPJF ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones de ese partido a que cancele la aprobación de su registro y emita las medidas necesarias para garantizar el desarrollo efectivo del proceso de selección de congresistas nacionales, en términos de la convocatoria al III Congreso nacional ordinario de Morena.
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