Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), suspendió la primera parte del plan B de reforma electoral, la cual fue propuesta por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.
Luego de admitir a trámite diversas acciones de inconstitucionalidad, concedió la suspensión de los cambios a la Ley General de Comunicación Social; por lo que no podrán regir en los procesos electorales tanto en Coahuila como en el Estado de México.
El ministro consideró que la primera parte del plan B de reforma electoral fue promulgada dentro del periodo de veda electoral, el cual está previsto en el artículo 105 constitucional.
Además, determinó que la enmienda contiene modificaciones legales fundamentales.
Y “porque de no concederse, su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”, informó el Alto Tribunal en un comunicado.
Pérez Dayán aceptó analizar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC).
Asimismo, admitió las impugnaciones interpuestas por diputados federales y senadores de oposición, quienes también buscan invalidar los cambios a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En medio de los procesos electorales en Coahuila y el Estado de México, donde se renovarán las gubernaturas el domingo 4 de junio, la SCJN todavía debe resolver los recursos legales del Instituto Nacional Electoral (INE) contra el plan B de reforma electoral.
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