El SAT anunció que amplió hasta el 31 de diciembre próximo el plazo para que los transportistas eviten sanciones por CFDI de ingreso y traslado con complemento Carta Porte
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se extenderá hasta el 31 de diciembre el plazo para sancionar a quienes no emitan, o lo hagan de forma incorrecta, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura) de ingreso y traslado con complemento Carta Porte.
Desde 2022, el fisco ha publicado cinco prórrogas al periodo para no sancionar a los transportistas por la emisión incorrecta de la factura con complemento Carta Porte.
El CFDI con complemento Carta Porte contiene toda la información relacionada con el traslado de los bienes o mercancías, es decir, incluye la ubicación de origen, puntos intermedios y destino.
Además, el documento fiscal contiene información referente al medio por el que se transportan los bienes o mercancías, ya sea por carretera, líneas férreas, vía aérea, marítima o fluvial.
Ampliación del plazo
En este contexto, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) reconoció “la sensibilidad mostrada por el Servicio de Administración Tributaria al otorgar la ampliación, hasta el 31 de diciembre del 2023, del periodo para aplicar sanciones”.
“Estamos convencidos de que esta medida contribuirá a dar certeza a las actividades económicas vinculadas al transporte de mercancías, fortaleciendo el diálogo entre contribuyentes y autoridades”, refirió el IMCP en un comunicado.
Previo a la publicación de la nueva prórroga, los transportistas tenían hasta el 31 de julio para emitir correctamente el CFDI con complemento Carta Porte. En caso de que no facturaran correctamente serán acreedores a multas o podrían ser culpados de contrabando.
Hace unos días, el Servicio de Administración Tributaria informó que más de 94 mil contribuyentes han emitido el CFDI con complemento Carta Porte.