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septiembre 19, 2024

TEPJF respalda medidas para garantizar participación política de las personas con discapacidad

Los partidos políticos y coaliciones deberán postular fórmulas de candidaturas integradas por personas con discapacidad

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha confirmado, por unanimidad de votos, el acuerdo INE/CG625/2023, el cual establece medidas afirmativas para asegurar la igualdad de condiciones en la participación política de las personas con discapacidad, según lo informado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Según dicho acuerdo, los partidos políticos y coaliciones deberán postular fórmulas de candidaturas integradas por personas con discapacidad. En concreto, se exige la postulación de fórmulas para diputaciones por el principio de mayoría relativa en seis de los 300 distritos, y dos fórmulas adicionales por el principio de representación proporcional, situándose en los primeros 10 lugares de la lista de cualquiera de las cinco circunscripciones. En cuanto a las candidaturas a senadurías, deberán postular una fórmula dentro de los 15 primeros lugares de la lista de representación proporcional.

Sin embargo, esta resolución no estuvo exenta de controversias. Una persona perteneciente a este grupo en situación de vulnerabilidad impugnó la decisión, argumentando que el INE no proporcionó detalles sobre el procedimiento técnico y la metodología utilizada con datos actualizados del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para calcular el número de candidaturas de mayoría relativa y representación proporcional.

En respuesta a la impugnación, la Sala Superior, en sesión pública presencial, respaldó la acción afirmativa implementada por el Consejo General del INE. La magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso propuso la confirmación de la resolución, destacando que el INE siguió una acción afirmativa similar a la aplicada en el proceso electoral federal 2020-2021, cumpliendo así con una resolución previa de la Sala Superior (SUP-JDC-338/2023 y acumulados).

El pleno de la Sala Superior consideró que la metodología y el proceso técnico utilizados por el INE para determinar el número de candidaturas reservadas para estas acciones afirmativas ya estaban establecidos en un acuerdo anterior. En consecuencia, se ratificó la resolución controvertida (SUP-JDC-747/2023), reafirmando el compromiso de promover una representatividad más efectiva y cumpliendo con la obligación de no regresividad en materia de inclusión política.

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