La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, el acuerdo INE/CG232/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), que aprobó el registro de Ricardo Anaya Cortés como candidato del Partido Acción Nacional (PAN) al Senado de la República, por el principio de representación proporcional, en el lugar número tres de la lista única nacional.
Morena impugnó dicho acuerdo, al considerar que el candidato era inelegible porque su calidad actual es de prófugo de la justicia y materialmente no podría asumir el cargo para el que fue postulado.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, determinó que no se acreditó: 1) la existencia de una orden de aprehensión girada en su contra, sin que haya prescrito la acción penal; y 2) que el candidato se encuentre sustraído de la acción de la justicia a fin de evitar ser sujeto a un proceso penal.
Por tanto, la Sala Superior del TEPJF consideró que Ricardo Anaya Cortés no se encuentra suspendido en el ejercicio de sus derechos políticos, en términos del artículo 38, fracción V, de la Constitución federal, motivo por el cual se confirmó el registro de su candidatura.
En consecuencia, se confirmó el acuerdo en lo que fue materia de impugnación (SUP-RAP-108/2024).
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