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noviembre 25, 2024

Dictan nueva suspensión definitiva contra obras del tramo 5 del Tren Maya

El juzgado primero de Distrito con sede en Yucatán dictó una nueva suspensión definitiva contra obras del tramo 5 del Tren Maya, entre Playa del Carmen y Tulum; así lo confirmó el activista José Urbina

El juzgado primero de Distrito con sede en Yucatán dictó una nueva suspensión definitiva que ordena la paralización de las obras del tramo 5 del Tren Maya, entre Playa del Carmen y Tulum. Así lo confirmó José Urbina, uno de los ambientalistas más visibles del Movimiento Sélvame del Tren que ha documentado las irregularidades en la construcción de este proyecto del gobierno federal.

El activista recordó que el gobierno está desacatando una suspensión previa concedida desde enero de este año en el mismo tramo, la cual ya sin ninguna argumentación legal, “simplemente han mostrado absoluto desinterés y han continuado las obras en flagrante violación al mandato judicial”, dijo.

La nueva suspensión deriva del recurso 821/2022 que hace dos años fue desechado por este mismo juzgado, pero luego de un recurso de revisión dicha demanda de amparo se amplió para ya no sólo referirse a la falta de permisos para el desmonte de selva en el tramo 5 del Tren Maya, sino al hincado de pilotes en las cavernas que abundan en esa zona y el derrame de cemento en esas cavidades sin la aplicación de las correspondientes medidas de mitigación.

Es así que en atención a los principios de in dubio pro natura, prevención y precaución, el juez atiende el recurso de revisión promovido por los ambientalista y concede la suspensión que les había sido negada en 2022.

“En el presente asunto se acredita que de ejecutarse el acto reclamado, es decir que se continúen los trabajos de construcción en el tramo Cinco Sur de la obra pública Tren Maya, se causarían daños de difícil reparación que podrían ser irreparables”, se lee en el resolutivo del juzgado.

En el informe considerado por el juez para tomar esta medidas se lee que “en atención a diversas denuncias presentadas ante esta Procuraduría por el derrame de cemento en cavernas que cruza en tramo 5 Sur, se llevó a cabo una visita de verificación“; en esta inspección se verificaron las condicionantes de la autorización de impacto ambiental del 20 de junio de 2022 entre ellas la condicionante 26.

Detecciones durante la verificación

  • Camiones revolvedores realizando el lavado de la olla revolvedora en sitios no autorizados.
  • Derrame de cemento en cavernas denominadas Garra de Jaguar, X ìtun, Manitas (o Oppenhimen) y Ocho Balas (o dos balas), con motivo de la construcción de pilotes que soportaran el viaducto elevado donde correrá el tren en el tramo 5 Sur, cemento que se solidificó en las áreas secas y cayó en el cuerpo de agua presentes en las cavernas afectadas.
  • Además, en proceso de oxidación en un tiro vertical sin nombre.
  • El colapso de techo o bóveda de un cenote sin nombre.
  • Modificación topoforma de las cavernas por las perforaciones del material pétreo para la construcción de los pilotes.
  • Extracción de agua sin contar con autorización de la autoridad competente.
  • Relleno y sepultamiento con material pétreo de cavernas sin nombre ubicada a la altura del cenote Manitas.
  • Restos de material pétreo derivados de perforación dispuestos en el manto acuífero de una caverna.
  • El propio informe acredita que lo encontrado en la visita a las obras del Tren Maya las permite constatar la violación a la condicionante 26 de la Manifestación de Impacto.
  • Ambiental que le fue otorgada al proyecto por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Esta condicionante establece de manera clara que el promovente, es decir, Fonatur-Tren Maya, “no podrá realizar vertimiento del material producto de cortes y excavaciones y/o producto de las obras y/o actividades de las distintas etapas, en zonas de escorrentías superficiales y/o sitios que sustenten vegetación forestal, así como, verter o descargar cualquier tipo de materiales, sustancias o residuos contaminantes y/o tóxicos que puedan alterar las condiciones de escorrentías. Tapar, rellenar y/o obstruir: cenotes, cavernas, dolinas, poljes, arroyo, ríos, etc., dentro del SAR, AI y sitio del proyecto, con cualquier material o residuo producto de la construcción del proyecto”.

Al respecto, el activista José Urbina dijo que ante el desacato de los recursos legales que el Gobierno de México ha violado flagrantemente en el pasado no esperan que en esta ocasión se acate este resolutivo, sino que se le pueda obligar a hacerlo mediante una acción contundente del Ministerio Público, pues además los actos reclamados ameritan sanciones de cárcel para quienes resulten responsables.

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