Por sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, el Congreso del Estado de Nayarit deberá modificar el Código Penal de aquella entidad federativa para despenalizar el aborto.
Al resolver el amparo en revisión 1447/2023, dicho tribunal federal ordenó que el Congreso Local garantice el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre su cuerpo, durante el siguiente periodo de sesiones ordinarias (que inicia el próximo 18 de agosto y termina el 30 de diciembre).
La demanda de amparo fue presentada por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la Red de Jóvenes del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir y la organización Aquella Púrpura.
“Celebramos la decisión del tribunal colegiado y exigimos que se garantice el aborto como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes puedan recurrir”, expresaron en un comunicado.
El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito resolvió la criminalización del aborto es un acto de discriminación y violencia en razón de género; además, determinó que su criminalización vulnera el derecho a la salud.
También falló que es inconstitucional sancionar al personal de salud que realiza procedimientos de aborto consentido, pues causa un efecto discriminatorio y limita el ejercicio del derecho a la salud de las mujeres y personas gestantes.
Asimismo, llegó a la conclusión de que el Código Penal del Estado de Nayarit es inconstitucional en la porción normativa: “a juicio del médico que asista, oyendo este el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”.
Previo a esta resolución en el estado de Nayarit, el Congreso del Estado de Puebla -una de las entidades federativas más conservadoras de México- finalmente aprobó la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo.
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