Con el objetivo de evitar riesgos asociados a laborar de pie por tiempos prolongados, la Ley Silla fue aprobada en comisiones del Senado por unanimidad; está dirigida principalmente a centros de trabajo en el sector de servicios, comercio y análogos
La Ley Silla fue aprobada en comisiones del Senado de la República por unanimidad, la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) busca reconocer el derecho de los trabajadores a descansar en un asiento con respaldo durante la jornada laboral, el objetivo es evitar riesgos asociados a laborar de pie por tiempos prolongados.
Con el aval de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y la de Estudios Legislativos, el dictamen está listo para su votación en el pleno de la Cámara Alta.
“Se trata de atender un tema vital para la salud, dignidad, seguridad y mejores condiciones para las y los trabajadores de nuestro país. Además, hay investigación que demuestra que permanecer de pie durante tiempos prolongados puede desarrollar problemas cardiovasculares o en el caso de las mujeres problemas durante el embarazo”, dijo la senadora Geovanna Bañuelos, presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
La Ley Silla fue impulsada desde la legislatura pasada, incluso fue aprobada en el Senado, pero el dictamen quedó desechado en la Cámara de Diputados con el fin del periodo legislativo. En ese sentido, la reforma inició su trámite desde cero y en San Lázaro.
Además del derecho al descanso durante el horario laboral, el dictamen plante prohibir a los empleadores obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante la jornada de trabajo. En ese sentido, deberán proporcionar las sillas con respaldo y un espacio específico para el reposo.
La Ley Silla está dirigida principalmente a centros de trabajo en el sector de servicios, comercio y análogos. En el caso de las empresas de la rama industrial, las disposiciones serán aplicables siempre que la naturaleza del trabajo lo permita.
En caso de que la propuesta sea avalada en el pleno del Senado, las empresas contarán con un plazo de 180 días para cumplir con las disposiciones una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Por otra parte, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendría 30 días naturales para emitir la normativa sobre los factores de riesgo en el trabajo.