SALUD

Emite Cofepris Alerta sanitaria sobre el producto Biadit

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió Alerta sanitaria para advertir a la población para no adquirir ni consumir el producto Biadit

La Secretaría de Salud (SESA) del estado de Querétaro informó que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió Alerta sanitaria para advertir a la población para no adquirir ni consumir el producto Biadit, ya que infringe diversas disposiciones establecidas en la legislación sanitaria vigente.

Como parte de las acciones de vigilancia sanitaria, se detectó la venta y comercialización del producto que se ostenta como suplemento alimenticio Biadit en presentación de cápsulas, a través de internet y en plataformas digitales, al cual se le atribuyen “propiedades terapéuticas y rehabilitadoras contra la diabetes y sus complicaciones”.

Las autoridades explicaron que la publicidad de este producto en sitios web, plataformas de venta en línea, redes sociales, tiendas de autoservicio y distribuidores independientes, incumple con lo establecido en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad, debido a que les otorgan cualidades que no corresponden a su función o uso.

A los suplementos alimenticios no se les pueden atribuir propiedades terapéuticas

Asimismo, señalaron que a los suplementos alimenticios no se les pueden atribuir propiedades terapéuticas, de acuerdo con lo establecido en la fracción V del artículo 215 de la Ley General de Salud, que define a los suplementos alimenticios como productos cuya finalidad es incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes. Además, de no contar con ningún estudio que garantice la seguridad, eficacia y calidad de sus productos.

Aunado a lo anterior, los ingredientes declarados en las etiquetas del producto como gimnema y cromo no se deben emplear en la elaboración de suplementos alimenticios, de conformidad con la 3ª edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo 22, fracción VII, del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de publicidad, señala: “La publicidad de suplementos alimenticios no deberá (…) Declarar propiedades que no puedan comprobarse, o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico”.

Biadit no ha presentado estudios que garanticen la seguridad

El producto Biadit no ha presentado a Cofepris estudios que garanticen la seguridad, eficacia y calidad de los ingredientes contenidos; además de no cumplir con lo establecido en materia de publicidad y comercialización de un suplemento alimenticio.

Asimismo se informó que puede contener ingredientes de origen natural y/o sintético en distintas proporciones que, en combinación, pueden tener efectos secundarios nocivos o interactuar con otros medicamentos. Al desconocer las concentraciones, las condiciones sanitarias de las materias primas, el proceso de fabricación y el almacenaje de este producto, su consumo representa un riesgo a la salud de quien los utiliza.

Recomendaciones de la Cofepris

  • No adquirir, ni recomendar el uso o consumo del producto Biadit, así como cualquier otro producto que no se ajuste a la normatividad sanitaria vigente.
  • No combinar el uso de estos productos debido a que se desconoce la concentración exacta de sus ingredientes, lo cual puede ocasionar un daño a la salud.
  • Si presenta algún padecimiento, acudir con un profesional de la salud.
  • No sustituir los medicamentos prescritos por su médico tratante, por productos engañosos que hacen alusión a eliminar enfermedades o reducir síntomas.
  • De encontrar a la venta los productos antes mencionados, realizar la denuncia sanitaria a través de la página: https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/denuncias-sanitarias

Finalmente, explicaron que, por tratarse de productos que no cumplen con la legislación sanitaria vigente, no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería, mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados en sitios web o en páginas de redes sociales de ninguna índole dentro del territorio nacional. De lo contrario, el que contravenga esta disposición, será acreedor a las sanciones administrativas que resulten procedentes.

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Redacción

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