Mauricio Kuri promulga reforma para tipificar delito de acecho

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El gobernador del estado de Querétaro, Mauricio Kuri, ordenó la publicación de la “Ley Valeria” para castigar el delito de acecho con una pena de entre 6 meses y 2 años de cárcel

El gobernador del estado de Querétaro, Mauricio Kuri González, firmó la promulgación de la reforma al Código Penal de la entidad federativa para tipificar el delito de acecho con una pena de seis meses a dos años de prisión.

“A partir de hoy, el acecho dejará de ser invisible convirtiéndose en un delito tipificado en nuestro Código Penal. Con la publicación en el Periódico Oficial ‘La Sombra de Arteaga’ del delito de acecho al marco jurídico del estado de Querétaro, damos un paso firme en la defensa de los derechos humanos y la seguridad de todas las personas, especialmente las mujeres”, enfatizó.

El mandatario estatal sostuvo que, con esta reforma, Querétaro se colocará a la vanguardia para garantizar la tranquilidad de todas las personas.

“Nosotros seguiremos trabajando con fuerza y convicción para que ninguna mujer, adolescente o niña tema por su seguridad. Las mujeres han alzado la voz y este gobierno las escucha, su derecho a vivir sin miedo es nuestra causa y nuestra obligación. Porque en Querétaro la ley está del lado de quienes buscan vivir con libertad y dignidad”, puntualizó.

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Durante la sesión ordinaria del 28 de agosto pasado, el Congreso Local aprobó por unanimidad la llamada “Ley Valeria”, la cual consistió en agregar el capítulo tercero al Código Penal del Estado de Querétaro para sancionar el delito de acecho.

Por lo anterior, cometerá dicho ilícito quien por cualquier medio siga, vigile o se comunique de forma persistente y reiterada, en por lo menos dos ocasiones, con alguna persona en contra de su voluntad y atente contra su seguridad, libertad o intimidad de modo que menoscabe, restrinja, limite o altere su estilo de vida o, que en razón de ello, limite su libertad de actuar o tomar decisiones por miedo, temor o angustia de sufrir un daño en su persona, familia o patrimonio.

Quien cometa el delito de acecho será castigado con una pena de entre seis meses y dos años de cárcel, una multa de 500 UMAs y reparación del daño por un valor de entre mil y 2 mil UMAs. 

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