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Con 81 votos a favor, 10 en contra y una abstención, el Senado de la República aprobó castigar el robo de vacunas e insumos médicos con una pena de hasta 15 años de prisión
A la persona que robe vacunas e insumos médicos de instituciones públicas o lo haga a través de alguien más se le aplicará de uno a nueve años de prisión y una multa de cien a mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); si se trata de un servidor público la pena será de cinco a 15 años de prisión y la multa de trescientas a 3 mil veces la UMA. Esto, de acuerdo con la reforma a la Ley General de Salud para sancionar el robo de vacunas aprobada por el pleno del Senado de la República del Congreso de la Unión por 81 votos, 10 en contra y una abstención. El decreto fue remitido a la Cámara de Diputados para su revisión y eventual ratificación o modificación. Las enmiendas al artículo 462 Bis 1 precisan que a quien "se apodere de forma indebida de una o más vacunas que sean propiedad de las instituciones que constituyan el Sistema Nacional de Salud o aquellas incluidas en el Programa de Vacunación Universal o destinadas a acciones ordinarias o extraordinarias de vacunación", o "de algún medicamento o de alguna ayuda funcional considerada como tal dentro de los insumos para la salud", o lo haga a través de otra persona, se aplicará de uno a nueve años de prisión y una multa de cien a mil veces la UMA. El artículo 462 Bis 2 establece que se aplicará una pena de tres a diez años de prisión y una multa de trescientas a tres mil veces la UMA a quien robe vacunas que tengan como propósito la inmunización en contra de un agente patógeno. A la misma sanción se hará merecedor quien robe "medicamento o alguna ayuda funcional cuando sea de uso esencial durante la acción extraordinaria en materia de salubridad".Twitter...
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