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La SCJN respaldó una ley del estado de Yucatán que prohíbe a los deudores alimentarios acceder a puestos públicos y cargos de elección popular
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este martes la prohibición para que deudores del pago de pensiones alimentarias puedan acceder a cargos públicos, y por primera vez, a los de elección popular. Fue con una mayoría de votos del pleno por la que se validó una ley del estado de Yucatán, que veta de cargos de elección popular y por designación a personas que "no han pagado en tiempo las obligaciones alimentarias a las que están sujetos". Esta es la primera vez que la medida se aplica a candidatos a un cargo público de elección popular, pero también incluye a aspirantes a ser titulares de dependencias públicas y la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Dicha comisión fue la instancia que impugnó esta medida, al considerar que se violan los derechos de igualdad y no discriminación de acceso a un cargo público, de libertad de trabajo y a ser votado. “La medida tiene un fin constitucionalmente legítimo porque pretende garantizar y proteger el derecho de alimentos mediante la restricción del derecho del deudor alimentario moroso para acceder a cargos públicos”, señaló el ministro de la SCJN, Alberto Pérez Dayán.Youtube...