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La Sala Superior del TEPJF resolvió, por mayoría de 4 votos contra 1, que el principio de paridad de género debe ser obligatorio en los comicios presidenciales de 2030
Al resolver un juicio promovido por una ciudadana, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que el principio de paridad de género debe prevalecer en las elecciones presidenciales de 2030. Por mayoría de cuatro votos contra uno, los magistrados de la máxima instancia jurisdiccional en materia electoral determinaron que el Congreso de la Unión debe legislar: “para determinar de qué forma se garantizará el principio paritario en la elección presidencial, lo cual será aplicable para el siguiente proceso electivo”. En caso de que el Poder Legislativo no apruebe dichas medidas de manera oportuna, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) deberá emitir lineamientos específicos transitorios y provisionales para garantizar la paridad de género. Durante la sesión pública de este miércoles 24 de enero, la Sala Superior del TEPJF determinó que los artículos 35 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obligan a aplicar el principio paritario para todos los cargos de elección popular, entre ellos la Presidencia de México.Cargando...