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El Senado de la República recibió la iniciativa de reforma constitucional para elaborar una ley general para sancionar el delito de feminicidio en México
El Senado de la República recibió de manera formal la iniciativa remitida por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo por la que propone reformar el Artículo 73 de la Constitución, en materia de feminicidio.
La propuesta consiste en modificar el inciso a) de la fracción XXI del referido Artículo a efecto de facultar al Congreso de la Unión para expedir una ley general en materia de feminicidio que establezca el tipo penal y sus sanciones, permitiendo una adecuada articulación de acciones que garanticen, desde los distintos órdenes de gobierno e instituciones, el acceso a una vida libre de violencias de las mujeres y niñas, fortaleciendo el Estado mexicano para prevenir, investigar, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres.
La exposición de motivos de la iniciativa presidencial plantea que la fragmentación normativa en la tipificación del feminicidio hace necesaria una legislación general en la materia.
A pesar de los avances legislativos en la materia, detalla, el feminicidio se encuentra tipificado de manera diversa en las legislaciones penales de las entidades federativas del país generando, entre otros aspectos, diferencias sustantivas en los elementos del tipo penal; criterios diversos para acreditar las razones de género; agravantes y sanciones no homologadas, y desigualdad en los criterios de investigación.
La consecuencia es que hechos de naturaleza similar pueden ser investigados y sancionados de forma distinta dependiendo de la entidad federativa en la que ocurran, lo cual debilita la eficacia del sistema de justicia penal y propicia escenarios de impunidad, consigna.
Ante tal situación, cita, resulta indispensable contar con una legislación general que establezca bases homogéneas para la tipificación, investigación, persecución y sanción del feminicidio en todo el país, razón por la que se necesita dotar al Congreso de la Unión de facultades constitucionales que le permitan la generación de legislación general orientada a establecer un tipo penal homogéneo, sanciones y agravantes; homologar estándares de investigación con perspectiva de género; fortalecer la coordinación entre Federación y entidades federativas; garantizar el acceso efectivo a la justicia para las víctimas y la reparación de daños, y fortalecer la coordinación de Instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia.
Además de contemplar la protección reforzada para niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio, población que enfrenta afectaciones emocionales, sociales y económicas que comprometen el ejercicio pleno de sus derechos, refiere, por lo que el Estado tiene un deber reforzado de protección, que implica garantizar atención integral, acceso a servicios de salud física y mental, acompañamiento psicológico, acceso a educación y mecanismos de reparación integral del daño.