¿Es obligatorio el home office por la inauguración del Mundial 2026?

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El decreto presidencial emitido por el inicio del Mundial de Futbol 2026 no obliga a las empresas privadas a implementar home office ni a suspender labores

¿Habrá home office obligatorio por la inauguración del Mundial de Futbol? La duda surge del decreto emitido este 9 de junio por la presidenta Claudia Sheinbaum para la suspensión de clases y el teletrabajo en la Ciudad de México

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Especialistas en derecho laboral subrayan que el alcance de este decreto presidencial no es de aplicación obligatoria para la iniciativa privada (IP); es decir, únicamente las dependencias del gobierno federal deben cumplir con el trabajo a distancia en actividades que lo permitan.

“Con el objeto de contribuir a la movilidad urbana y la seguridad vial, se exhorta al sector privado y social en la Ciudad de México a que en todas las actividades administrativas no esenciales implementen, el 11 de junio de 2026, esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral respecto de las personas trabajadoras, en términos de los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo”, se indica en el decreto.

Para Alix Trimmer, fundadora de la firma LAIN, el decreto hace una invitación, pero “la parte delicada en el exhorto a la iniciativa privada es la terminología que usa”, porque al mencionarse la palabra teletrabajo, en términos legales la modalidad requiere de otras características, como no ser esporádico.

“Hay toda una serie de puntos que deben cumplirse para desarrollar teletrabajo. Esto no es teletrabajo, si se implementa la modalidad remota para un día esporádico, que sería el 11 de junio por la inauguración del Mundial, no es teletrabajo, en todo caso podría ser una excepción de prestación de servicios remotos”, puntualiza Trimmer.

En eso coincide Diego García Saucedo, socio director de la firma García Velázquez Abogados, en el caso de la iniciativa privada, se trata de un exhorto, esto significa que no es una medida obligatoria.

Sin embargo, la confusión surge al invocar la regulación de teletrabajo en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en la invitación que realizó el Gobierno Federal a los empleadores.

“Es una sugerencia, es un exhorto, no es un mandato. La duda es entendible porque la invitación es a asumir la modalidad de teletrabajo y hasta se invocan los artículos de la Ley Federal del Trabajo, y esto no es una modalidad de teletrabajo, porque este esquema implica adquirir ciertas obligaciones, y el mismo capítulo de la legislación indica que no será considerado teletrabajo aquel que se realice de manera esporádica o por situaciones de fuerza mayor”, explica Diego García Saucedo.

En ese sentido, exponen los especialistas en derecho laboral, esto significa que las empresas que sigan la sugerencia e implementen el home office para el 11 de junio, no adquirirían las obligaciones relacionadas con el trabajo remoto establecidas en la LFT, como el pago del internet.

Al tratarse de una invitación, coinciden, tampoco hay una implicación legal de no tomarla.

De acuerdo con el Sondeo del Mundial 2026 de KPMG, sólo 18% de las empresas otorgará home office durante los partidos, la mayoría de las compañías optará por colocar pantallas o designar áreas específicas en los centros de trabajo para que los colaboradores sigan la transmisión de los encuentros.

Descanso obligatorio, también descartado  

El descanso obligatorio por la inauguración del Mundial de Futbol sigue el mismo criterio que el home office en el sector privado; es decir, no existen elementos legales para que las empresas otorguen el día a los trabajadores.

Aunque sí es una posibilidad, ya que 19% de las empresas considera suspender labores durante los partidos de la Selección Mexicana, según el sondeo de KPMG, no hay una obligación legal para otorgar el día libre.

“Si las personas empleadoras deciden no adoptar la invitación, mandar el mensaje de que se trabaja regular, el que asistan las personas tampoco va a implicar un cambio en la remuneración, no se paga un extra, es un día normalito de trabajo. Los días oficiales de descanso están señalados puntualmente en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, y aunque ese artículo sí tiene un cajón de sastre, no es tan amplio como se piensa, sí se pueden señar nuevos días, pero para efectos de elecciones federales, no dice que cualquier otro que se nos ocurra”, señala Trimmer.

Para que el 11 de junio, fecha en la que inicia el Mundial de la FIFA, sea descanso obligatorio, se necesitaría una reforma a la Ley Federal del Trabajo.

El próximo feriado oficial de la LFT está lejos de disfrutarse, será hasta el 16 de septiembre cuando los trabajadores en México puedan disfrutar de un día de descanso obligatorio.

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