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La SCJN reconoció la constitucionalidad del artículo 271 del “Código penal del estado de Querétaro”, el cual tipificó el delito de negociaciones ilícitas entre 2012 y 2022
Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la constitucionalidad del artículo 271 del “Código penal del estado de Querétaro”, el cual tipificó el delito de negociaciones ilícitas cometidas por servidores públicos.
En la sesión del martes 7 de enero, el alto tribunal aprobó el proyecto de sentencia elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien consideró que dicho tipo penal, vigente entre 2012 y 2022, “no vulnera el principio de exacta aplicación de la ley penal, en su vertiente de taxatividad, en tanto la denominación de ‘negociaciones ilícitas’ califica la naturaleza antijurídica de las conductas sancionadas, haciendo innecesaria la inclusión de ‘indebido’ en cada elemento típico de la primera hipótesis como se sostuvo por el tribunal colegiado en la sentencia recurrida”.
Dicha resolución se originó en un recurso de revisión presentado por el fiscal de acusación adscrito a la Unidad Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Querétaro, en contra de un amparo directo concedido por el Tribunal Colegiado del 22o. Circuito a favor de un exsecretario de Servicios Públicos Municipales, quien, junto con un exsecretario de Administración, fue acusado por este ilícito a raíz de la compra de un inmueble para la construcción de un panteón en 2017.
“Con esta determinación, el máximo tribunal del país confirmó la validez de este delito, tras una votación unánime, declarando que dicho artículo castiga a quienes, aprovechándose de su cargo público, abusan de su poder o utilizan información privilegiada para obtener beneficios personales, al considerar que la ley define de manera clara y precisa estas conductas”, destacó la FGE en un comunicado.
Por el delito de negociaciones ilícitas, ambos exfuncionarios recibieron una condena de seis años de prisión en 2022; posteriormente, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia absolvió al exsecretario de Administración y redujo la pena para el exsecretario de Servicios Públicos Municipales a tres años de cárcel.
A este último le fue concedida la suspensión condicional de la pena de prisión a cambio del pago de una multa en 2023.