
El diputado Agustín Dorantes ha propuesto dos iniciativas en favor de la niñez: ‘Estás a Tiempo’ que promueve la denuncia de delitos sexuales y ‘Penas más severas’ que busca castigar con penas más amplias a los perpetradores de estos delitos
En el marco del Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual Infantil, el Grupo Legislativo de Acción Nacional en la LIX Legislatura de Querétaro y el diputado Agustín Dorantes informaron sobre el trabajo que se ha realizado en materia de creación de políticas públicas, leyes y reformas en favor de la niñez. “Si bien el jueves pasado se aprobó en el Congreso Local la Ley ‘Estás a tiempo’ que busca que la prescripción de los delitos sexuales contra menores comience a partir de que la víctima cumpla la mayoría de edad, hoy trabajamos para que las penas y multas para los agresores aumenten”, señaló el legislador. Una segunda iniciativa en esta materia, informó, es ‘Penas Más Severas’, en la que propone tomar acciones que permitan a las autoridades estatales de procuración y administración de justicia contar con elementos más robustos para combatir la comisión de delitos sexuales en contra de menores de edad, respetando los principios constitucionales que rigen la creación e imposición de penas privativas de la libertad. Así, ‘Penas Más Severas’ impulsa reformas a los artículos 161, primer párrafo, 166, 167, 167 Bis, segundo párrafo y 167 Ter, tercer párrafo del Código Penal para el Estado de Querétaro. Para quedar de la siguiente manera:DELITO | PENA VIGENTE | PENA PROPUESTA |
Art 161: Violación equiparada a menores de edad | 12 a 30 años prisión | 16 a 40 años de prisión |
Art 166: Abuso sexual a menores de edad | 4 a 8 años | 5 años 4 meses a 10 años |
Art 167: Estupro a menores de edad | 3 años de 100 a 600 días de multa. La pena se duplicará en caso de que el delito sea cometido en contra de un menor de edad. | Un año a 8 años de prisión |
Art 167 bis: Acoso sexual a menores | De 2 a 4 años de prisión y de 200 a 800 días de multa. Si el delito se comete en contra de un menor, la pena se duplicará. Y si el perpetrador es servidor público, docente o parte del personal administrativo de cualquier institución educativa o de asistencia social, se le podrá destituir o inhabilitar de su cargo. | Se creó una pena específica cuando se trata de este delito hacia un menor. Dos años y seis meses a 8 años de prisión y de 270 a 800 días multa |
Art 167 ter: Hostigamiento sexual a menores | Aplican las mismas penas si es contra un adulto o contra un menor. | Se creó una pena específica cuando se trata de este delito hacia un menor. 5 años y cuatro meses a 10 años de prisión y de 530 a 2100 días multa |
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