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Recuerda, el pago de la tenencia vehicular 2021 en Querétaro es obligatorio sólo para autos que superen en su valor comercial los 400 mil pesos más IVA. Para quienes tienen un auto menor a este precio únicamente deberán pagar el refrendo vehicular
El gobierno del estado de Querétaro marcó como fecha límite el próximo 31 de marzo para que los propietarios de automóviles que no adeudan impuestos estatales y se mantienen al corriente, sean beneficiarios del refrendo vehicular. El pago de la tenencia vehicular en Querétaro 2021 es obligatorio sólo para autos que superen en su valor comercial los 400 mil pesos más IVA. Para quienes tienen un auto menor a este precio pueden librar este impuesto y únicamente deberán pagar el refrendo vehicular. También están exentos de la tenencia quienes tienen autos híbridos o eléctricos.Requisitos:
- Para propietarios de vehículos inscritos en el Padrón Vehicular Estatal:
- Para propietarios de vehículos que pretendan inscribirse en el Padrón Vehicular Estatal:
- Registro activo en los padrones que administra la Dirección de Ingresos de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
- Credencial para votar emitida por el IFE o INE vigente.
- Comprobante de domicilio a nombre del contribuyente por la prestación de servicios públicos o privados.
- Constancia de situación fiscal emitida por el Servicio de Administración Tributaria, que indique el domicilio del contribuyente.
- Credencial para votar expedida por el IFE/INE.
- Licencia para conducir emitida por la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
- Pasaporte emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
- Credencial expedida por el INAPAM.
- Para el caso de personas extranjeras, con la documental vigente emitida por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que acredite su estancia.
Nota.- Las documentales referidas con anterioridad deberán encontrarse vigentes.
Para personas morales
- Copia certificada del acta constitutiva de la persona moral.
- Copia certificada del poder notarial del representante legal y su identificación oficial.
- Para poder generar tu línea de captura es necesario capturar tu número de placa, sin espacios, aquí