Impulsada por el gobierno del presidente Enrique Peña Nieto, la “Ley general de comunicación social” carece de reglas de gasto en publicidad oficial, atenta contra la libertad de expresión y el acceso a la información, determinó la SCJN
La Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional e invalidó la
“Ley general de comunicación social” impulsada por el gobierno del presidente
Enrique Peña Nieto, porque carece de
reglas de gasto en publicidad oficial, atenta contra la libertad de expresión y el acceso a la información.
Los ministros que integran dicha sala aprobaron un proyecto elaborado por el ministro
Juan Luis González alcántara Carrancá, donde se estableció que dicha ley no cumple a cabalidad con la tarea encomendada por el artículo 134 de la Constitución y tercero transitorio de la reforma constitucional en materia electoral de 2014.
Tampoco esclarece ni detalla los criterios a que debe estar sujeto el gasto en comunicación social, ni tampoco dispone procedimientos concretos y reglas específicas encaminadas a garantizar que el ejercicio de dicho gasto cumpla con los criterios referidos, disminuyendo así la discrecionalidad de los agentes gubernamentales involucrados.
El caso surgió a partir de un
amparo promovido por la organización Artículo 19, a quien se le reconoció interés legítimo para impugnar la Ley General de Comunicación Social, en virtud de que
su objeto social está vinculado con la defensa de los derechos de libertad de expresión e información.