En este artículo
El ministro de la SCJN, Alberto Pérez Dayán, determinó que la primera parte del plan B de reforma electoral no podrá aplicarse en los comicios de Coahuila y el Estado de México
Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), suspendió la primera parte del plan B de reforma electoral, la cual fue propuesta por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador. Luego de admitir a trámite diversas acciones de inconstitucionalidad, concedió la suspensión de los cambios a la Ley General de Comunicación Social; por lo que no podrán regir en los procesos electorales tanto en Coahuila como en el Estado de México. El ministro consideró que la primera parte del plan B de reforma electoral fue promulgada dentro del periodo de veda electoral, el cual está previsto en el artículo 105 constitucional. Además, determinó que la enmienda contiene modificaciones legales fundamentales.La Corte admite a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra del Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y concede la suspensión para el Estado de México y Coahuila. 🔗 https://t.co/L7qIyWmKBe pic.twitter.com/yV5xMVVPcX
— Suprema Corte (@SCJN) February 22, 2023