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“Ni yendo a bailar a Chalma”
Que el presidente estadounidense, Donald Trump, se burló de los bailes de Nicolás Maduro, previos a su detención, con su remix "No war, yes peace", mientras las tensiones entre Caracas y Washington aumentaban por la llegada de fuerzas norteamericanas al Caribe.
Trump consideró que el venezolano quiso imitarlo a él en sus bailes estilo “Y.M.C.A.”. "Es un tipo violento. Se sube al escenario e intenta imitar un poco mi baile. Pero él es violento y ha matado a millones de personas", dijo durante su discurso ante congresistas republicanos, en el Centro Kennedy, en Washington.
Resulta que, según “The New York Times”, los bailes de Maduro molestaron a la Casa Blanca y esta actitud habría sido tomada en cuenta para ¡lanzar la operación militar en Venezuela!
Es decir que, para Trump, ¡hay de bailes a bailes! Y “ni yendo a bailar a Chalma”, el venezolano le iba a llegar al republicano.
Inconstitucional, solicitar aviso previo para manifestaciones
Que en la sesión de pleno de ayer de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver una acción de inconstitucionalidad en relación con el artículo 109 de la “Ley de movilidad y seguridad vial para el estado de Sonora” (promulgada y publicada en 2024 por el gobernador de Morena Alfonso Durazo), los ministros determinaron que no puede exigirse autorización previa para utilizar la vía pública con fines de manifestación.
Esto, por considerar que exigir autorización previa para usar la vía pública con fines de protesta constituye un mecanismo de censura incompatible con la libertad de expresión, de reunión y con el derecho a la protesta.
Sin embargo, la SCJN mantuvo vigente el aviso referido en el artículo 110 de dicha ley, pero bajo el criterio de que este debe entenderse solo como un mecanismo de comunicación logística y de protección, para que las autoridades adopten medidas de seguridad, aunque la falta de aviso no invalida una manifestación ni faculta a la autoridad para impedirla, disolverla o sancionarla, y no es exigible para protestas espontáneas.
Así mismo, la corte determinó que una manifestación no puede ser restringida por su objeto, tema o mensaje, porque la autoridad no puede vetar ni condicionar el derecho a la protesta con base en una valoración previa o anticipada del contenido de la manifestación.
¡Interesante precedente!
Nombra Felifer a nueva directora del SMDIF
Que el presidente municipal de Querétaro, Felifer Macías, nombró como directora del Sistema Municipal DIF a Gabriela Valencia García, en sustitución de Tania Ruíz Castro.
Gabriela Valencia, según la información proporcionada, se ha desempeñado como directora del Registro Civil, directora del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de 2022 a 2024, y secretaria ejecutiva del Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SipinnamQro).