viernes, 26 de diciembre de 2025

Profepa asegura más de media tonelada de orégano en Querétaro

Por: REDACCIÓN • 25 de diciembre, 2025
Profepa decomisa más de media tonelada de orégano en Peñamiller
Profepa decomisa más de media tonelada de orégano en Peñamiller. Foto: Especial

En el municipio de Peñamiller, la Profepa aseguró más de media tonelada de orégano, ya que no se pudo comprobar la procedencia legal de la planta aromática

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró más de media tonelada de orégano, Lippia sp., producto forestal no maderable, en el municipio de Peñamiller, debido a que no se acreditó su legal procedencia. Lo cual constituye una violación a la normatividad en materia forestal.

El aseguramiento ocurrió el pasado 26 de noviembre, durante una inspección realizada en el Ejido Emiliano Zapata–Extorax, donde personal de la dependencia federal constató que el producto forestal no contaba con documentación que demostrara su origen lícito. Con base en lo anterior, la institución inició el procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad del presunto infractor y de toda la cadena de suministro involucrada, desde quienes recolectan hasta quienes acopian.

El aprovechamiento de plantas aromáticas como el orégano, la damiana y el laurel tienen una alta demanda por sus propiedades y usos tradicionales. Sin embargo, cuando su extracción se realiza sin control ni autorización, se pone en riesgo la regeneración natural del recurso y la disposición de estos productos forestales no maderables para las generaciones futuras. Por ello, Profepa afirmó que trabaja para garantizar que estas actividades se lleven a cabo de forma sustentable.

 

Como parte de los trabajos de inteligencia, la dependencia federal ha identificado otros puntos de acopio ilegal de orégano, damiana y laurel en el municipio de Peñamiller, por lo que continuará implementando acciones de vigilancia para sancionar a quienes participan en el aprovechamiento y comercio ilícito de estos recursos.

El aseguramiento se sustenta en lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en relación con el artículo 419 fracción I del Código Penal Federal, que establece sanciones por poseer, transportar o almacenar recursos forestales sin acreditar su legal procedencia.

La institución sostuvo que seguirá comprometida con la justicia ambiental y la protección de los recursos naturales del semidesierto queretano, impulsando el cumplimiento efectivo de la ley para prevenir actividades que afecten los ecosistemas y los recursos forestales no maderables. 

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