Será de fácil acceso el registro municipal de áreas de transmisión: síndico

El síndico municipal Claudio Sinecio insistió en la creación del Registro Municipal de Áreas de Transmisión Gratuita. Foto: Especial

El síndico del Ayuntamiento del municipio de Querétaro, Claudio Sinecio Flores, afirmó que el Registro Municipal de Áreas de Transmisión Gratuita permitirá conocer el origen, estatus y destino de los predios de donación

Tras reiterar que la subasta pública de 12 predios municipales era “una propuesta legal y plenamente legítima”, pero que el acuerdo de enajenación de los terrenos fue revocado al escuchar a la ciudadanía, el síndico del Ayuntamiento de Querétaro, Claudio Sinecio, afirmó que la plataforma que contendrá el Registro Municipal de Áreas de Transmisión Gratuita, será de fácil acceso y será albergado en el portal de Internet del gobierno municipal. 

Recalcó que, con el registro, se podrá conocer con transparencia y certeza jurídica el origen, estatus y destino de los bienes que recibe en donación el gobierno municipal por cada desarrollo inmobiliario que se construye. 

Señaló que la plataforma contará con mapas de georreferenciación para la localización exacta de cada predio o área de donación.

“Creo que esta plataforma la debemos montar a la plataforma o al portal del municipio y donde el ciudadano pueda acceder de manera muy sencilla a la información y también de manera georreferencial, es decir, que puedas ver ahí en el mapa, le des clic y se ve el estatus jurídico de cada una de estas áreas que tiene el municipio dentro de su patrimonio, recibidas como áreas de transmisión gratuita o áreas de donación, pero montado en una plataforma digital de muy fácil acceso y que el ciudadano pueda identificar perfectamente como se recibió, cuál es su estatus y su situación actual incluso, es decir, saber si esa parte se recibió como área verde, la cual va a ser totalmente intocable”, dijo.  

El funcionario puntualizó que corresponderá a la Secretaría de Administración actualizar la información del estatus de los predios. 

Explicó que no se trata de una donación voluntaria sino que deriva del cumplimiento de una obligación prevista por el artículo 156 del Código Urbano, el cual refiere que cuando el municipio autoriza un fraccionamiento, el desarrollador tiene la obligación de transmitir de manera gratuita el 10 por ciento de lo que corresponda al total del desarrollo.

Convocan a premio de innovación con bolsa de hasta 250 mil pesos