SAT desmiente sanciones generalizadas por factureras tras reformas

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El SAT explicó que las reformas al CFF, que fueron aprobadas en el Congreso de la Unión y entrarán en vigor el próximo año, no contemplan prisión preventiva oficiosa para cualquier contribuyente ante sospecha de facturación falsa. Foto: Especial

El SAT explicó que las reformas al CFF, que fueron aprobadas en el Congreso de la Unión y entrarán en vigor el próximo año, no contemplan prisión preventiva oficiosa para cualquier contribuyente ante sospecha de facturación falsa

 

Ante la información publicada en algunos medios de comunicación, sobre las modificaciones al marco legal en materia de factureras, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió una aclaración oficial para precisar el alcance de las reformas fiscales recientes.

En un comunicado publicado en sus redes sociales, el SAT explicó que las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), que fueron aprobadas en el Congreso de la Unión y que entrarán en vigor el próximo año, buscan combatir la evasión fiscal, dar certidumbre a los contribuyentes y generar condiciones de equidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Subrayó que estas modificaciones están dirigidas exclusivamente a personas físicas o morales que emitan facturas falsas con fines de evasión. Además, aclaró que no se trata de un programa masivo ni de una medida que afecte a quienes cumplen en tiempo y forma con sus obligaciones tributarias, sino de acciones específicas y justificadas.

Asimismo, desmintió que las reformas contemplen prisión preventiva oficiosa para cualquier contribuyente ante la sola sospecha de facturación falsa, ya que la autoridad fiscal debe sustentar sus investigaciones y comprobar la existencia de operaciones simuladas, garantizando en todo momento el debido proceso y el derecho de audiencia, para evitar que los contribuyentes queden en estado de indefensión.

También otro punto que esclareció es que las modificaciones no otorgan nuevas facultades al SAT para congelar cuentas bancarias.

El organismo recordó que los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal conforme a su capacidad económica mediante instrumentos legales como billete de depósito, prenda o hipoteca, carta de crédito, fianza, obligación solidaria o embargo en la vía administrativa.

Finalmente, el SAT reiteró su compromiso para "fortalecer el combate a la evasión y elusión fiscal", a través de herramientas más eficientes y transparentes en el marco de la ley con respeto a los derechos de los contribuyentes.

 

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