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- “Tienen prioridad los vuelos en: Regulares de personas pasajeras, de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de personas pasajeras, regulares de carga, y de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de carga”, indicó
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“Tienen prioridad los vuelos en: Regulares de personas pasajeras, de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de personas pasajeras, regulares de carga, y de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de carga”, indicó
La presidencia de la República publicó este martes el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Aeropuertos para mejorar la gestión aeroportuaria del país con procedimientos más transparentes, objetivos y homogéneos para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue (slots).
Como parte de los ajustes, la Secretaría de Infraestructura, a través de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), deberá clasificar los aeródromos civiles de servicio al público de transporte aéreo regular nacional e internacional conforme a su capacidad de operación y grado de saturación, así como a estándares internacionales, en tres niveles:
No saturados, con potencial de saturación (cuando la capacidad de operación presenta un riesgo potencial, el cual puede prevenirse mediante ajustes de horarios de aterrizaje y despegue acordados entre la administradora aeroportuaria y las personas transportistas aéreas, así como la implementación de acciones de desarrollo, ampliación, o mejora de la infraestructura destinadas a incrementar su capacidad de operación) y en condición de saturación.
A la fecha, la única infraestructura considerada saturada es el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM). La nueva clasificación se actualizará “conforme a la evolución de su capacidad de operación, al comportamiento estadístico de la demanda de operaciones aéreas y a las condiciones determinadas por la persona prestadora de los servicios a la navegación aérea”.
En el Decreto publicado en Diario Oficial de la Federación (DOF) se precisa que la SICT deberá elaborar la clasificación en un plazo no mayor a sesenta días hábiles a partir de este martes.
Además, la AFAC deberá actualizar las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue y las prioridades de turno de las aeronaves en los aeródromos civiles declarados en condiciones de saturación, en un plazo no mayor a sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor del documento. Así, los administradores aeroportuarios deben asignar los slots y las prioridades de turno, considerando las recomendaciones del comité de operación y horarios, con base en:
“Tienen prioridad los vuelos en el orden siguiente: Regulares de personas pasajeras, de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de personas pasajeras, regulares de carga, y de transporte aéreo no regular bajo la modalidad de fletamento de carga”, indicó.
También se precisa que tienen prioridad sobre un horario la persona transportista aérea que lo ocupó en el periodo anterior.
En los detalles de la asignación de slots, se precisa que la prioridad histórica de una serie de slots, la cual debe ser identificada por la coordinadora de horarios, cuando la persona transportista aérea a la que se le asignó cumple con el requisito de ocupación mínimo de 80 por ciento del tiempo en el periodo asignado en la temporada equivalente anterior.
De esa manera, la persona transportista aérea que cumpla con el requisito previsto en el párrafo anterior, tiene prioridad de recibir de manera preferente la asignación de dicha serie de horarios respecto de cualquier otra persona transportista aérea.