TEPJF elimina variable de monitoreo del INE para proteger libertad periodística

El tribunal dejó sin efectos la variable 14./Foto: Especial

La Sala Superior dejó sin efecto una variable considerada subjetiva y potencialmente inhibidora de la libertad de expresión durante el proceso electoral federal 2026-2027

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó por unanimidad la metodología aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para monitorear las transmisiones de radio y televisión durante las precampañas y campañas del Proceso Electoral Federal 2026-2027.

El tribunal dejó sin efectos la variable 14, relacionada con los mecanismos indirectos de descalificación de personas precandidatas y candidatas.

La Sala Superior consideró que esta variable utilizaba parámetros subjetivos que podían generar un efecto inhibidor sobre el ejercicio periodístico y limitar el derecho de la ciudadanía a recibir información plural.

TEPJF cuestiona metodología del INE

El INE aprobó el pasado 9 de julio una metodología para monitorear las menciones sobre precampañas y campañas de quienes aspiren a diputaciones federales.

La institución de educación superior encargada del análisis revisaría los programas de radio y televisión a partir de 14 variables.

Entre ellas se encontraba la destinada a identificar expresiones que, sin representar una agresión directa, pudieran transmitir mensajes de descalificación, menosprecio o cuestionamiento hacia las candidaturas.

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) impugnó esta variable ante el TEPJF.

Advierten riesgo para la libertad de expresión

La CIRT argumentó que la variable podía afectar la libertad de expresión, el acceso a información plural y oportuna y el ejercicio periodístico.

El organismo señaló que la metodología dependía de interpretaciones subjetivas para determinar si una expresión tenía como finalidad descalificar a una candidatura.

También planteó que el criterio podía afectar recursos comunicativos como la sátira y la parodia, particularmente relevantes en la cobertura y crítica de candidaturas y personas servidoras públicas.

La CIRT sostuvo además que las medidas de este tipo pueden generar efectos disuasivos o convertirse en formas de censura indirecta.

Variable 14 queda sin efectos

A propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, el pleno determinó eliminar la variable controvertida.

El TEPJF concluyó que los mecanismos indirectos de descalificación podían limitar el debate de ideas y la formación de opinión durante el proceso electoral.

La Sala Superior consideró que la persona encargada del monitoreo podría interpretar una expresión de manera distinta a la intención real de quien la emitió.

Por ello, determinó que la variable carecía de elementos objetivos suficientes para identificar y clasificar las expresiones de manera clara.

Buscan garantizar información plural

El tribunal señaló que la falta de certeza podía generar inseguridad jurídica tanto para periodistas como para la ciudadanía.

La resolución destacó la necesidad de proteger especialmente el ejercicio periodístico y evitar medidas que puedan inhibir la cobertura informativa durante los procesos electorales.

Con esta determinación, el TEPJF modificó el acuerdo del Consejo General del INE sobre la metodología y el catálogo de programas que serán monitoreados durante el proceso electoral federal 2026-2027.

Además, la Sala Superior desechó otro recurso de apelación presentado por la CIRT, al considerar que quedó sin materia después de la resolución.

El asunto corresponde a los expedientes SUP-RAP-185/2026 y SUP-RAP-188/2026.

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REDACCIÓN

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