Los suegros del exmandatario pugnaban porque que la SCJN reabriera el caso de los amparos que promovieron, en 3 diferentes ocasiones, en contra el aseguramiento de sus cuentas
El pleno de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó infundado el recurso de inconformidad promovido por los exsuegros del exgobernador de
Veracruz,
Javier Duarte de Ochoa, contra el
congelamiento de sus cuentas bancarias.
Por voto unánime, los ministros avalaron el fallo del ministro
Javier Laynez Potisek, quien señaló que la decisión del juez de distrito desde la primera denuncia quedó firme,
“adquirió la calidad de cosa juzgada".
“Y, por lo tanto, en el punto resolutivo se propone que es infundado este recurso de inconformidad”, aseveró en
respuesta al recurso de Virginia Yazmín Tubilla y Jesús Antonio Macías, padres de
Karime Macías.
Los suegros del exmandatario estatal pugnaban porque que la SCJN reabriera el caso de los amparos que promovieron, en tres diferentes ocasiones, en contra el
aseguramiento de sus cuentas.
El 14 de octubre de 2016, el Ministerio Público de la Federación ordenó el aseguramiento de cuentas, títulos de crédito y, en general, cualquier bien o derecho relativo a operaciones que en instituciones financieras establecidas en el país hubiesen celebrado con diversas personas, incluyendo, en este caso, los recurrentes.
Los agravios que plantearon los suegros de Duarte de Ochoa es que
la preclusión procesal no resulta aplicable al procedimiento de denuncia por incumplimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad, consideran que es una cuestión de orden público y debe ser verificada de oficio.
Además, señalaron que el juez de distrito no emitió pronunciamiento de fondo, es decir, no decidió si la autoridad incurrió o no en incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad.