
Ambientalistas cuestionaron la calidad del agua proveniente del Sistema Batán, proyecto que contempla el tratamiento y potabilización de aguas residuales para consumo humano
Mientras el Congreso del Estado de Querétaro comenzó el análisis de la iniciativa de ley para crear el Sistema Batán, un grupo de ambientalistas exigió a la 61 Legislatura “un alto grado de responsabilidad” en la discusión de la iniciativa de ley para iniciar dicho proyecto.
La organización Vocer@s de la Madre Tierra advirtió que este proyecto contempla el tratamiento y potabilización de aguas residuales provenientes de las viviendas, el campo y la industria para reutilizarla y destinarla para consumo humano.
En este sentido, recordó que las aguas residuales contienen “gran cantidad de sustancias, metales pesados, microplásticos, herbicidas, insecticidas, contaminantes emergentes, hormonas, virus, bacterias, antibióticos, sustancias de medicamentos usados en enfermedades como cáncer y lupus”.
Asimismo, aseguró que las normas técnicas de agua y las normas de potabilización de agua no contemplan la reutilización de ese líquido, ya que todas estas sustancias provocan “fuertes daños adversos en la salud humana”, tales como “mutagénesis, teratogénesis y carcinogénesis”.
En un posicionamiento firmado por las y los activistas Teresa Roldán Soria, Elizabeth Durán Ruiz, Saul Isaac Acevedo Polo, Ma. del Carmen Siurob Carvajal y Ma. de Jesús Ibarra Silva, la organización Voc@ros de la Madre Tierra sostuvo que la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021, la cual regula los límites permisibles de calidad del agua para consumo humano, no contempla aquellas aguas sometidas a tratamiento o procesos de potabilización.
También expuso tres preguntas sobre el funcionamiento que tendría el Sistema Batán:
¿Bajo qué normativa se va a garantizar que la calidad del agua cumple con el requisito de que el agua para consumo humano debe ser salubre?
¿Bajo qué normativa se va a garantizar que no presentará propiedades objetables o contaminantes en concentraciones fuera de los límites permisibles?
¿Quién o quiénes serán responsables de verificar que el agua no contendrá metales pesados, pesticidas, hormonas o disruptores endocrinos?
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