miércoles, 25 de junio de 2025

Diputados federales aprueban nueva Ley de la Guardia Nacional

La Cámara de Diputados avaló la nueva Ley de la Guardia Nacional. Foto: Especial

La nueva Ley de la Guardia Nacional establece que la corporación está conformada por personal militar con formación policial dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó este martes, en lo general y en lo particular con cambios, el dictamen por el que se expide una nueva Ley de la Guardia Nacional una fuerza de seguridad pública, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial dependiente de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El dictamen, aprobado en lo general con 349 votos a favor, 132 en contra y cero abstenciones, y en lo particular con cambios por 351 a favor, 124 en contra y cero abstenciones, deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, abroga la ley vigente publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de mayo de 2019, y adecua el texto normativo con el decreto de reforma constitucional del 30 de septiembre de 2024.

Tras su aprobación se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

La citada ley modifica disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así como de los códigos de Justicia Militar, y Militar de Procedimientos Penales.

La nueva Ley de la Guardia Nacional, que cuenta con 96 artículos y se organiza en siete títulos, tiene como uno de sus propósitos "regular los principios, organización, atribuciones, integración, equivalencias jerárquicas, así como su coordinación con las entidades federativas y las autoridades municipales".

 

El texto señala que la Guardia Nacional "podrá contar con personal del Ejército, Fuerza Aérea y confianza de carácter civil que sea necesario".

"Su objeto es realizar la función de seguridad pública a cargo de la Federación y, en su caso, conforme a los convenios que para tal efecto se celebren, colaborar temporalmente en las tareas de seguridad pública que corresponden a las entidades federativas o municipios, con la finalidad de preservar la paz social y proteger los derechos de la población", indicó.

También apunta que sus fines son salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas y regirá en ella el respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución mexicana y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

Entre sus atribuciones y obligaciones están prevenir la comisión de delitos (...) mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos.

Además de realizar investigación e inteligencia para la prevención de los delitos (...) recabar información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo y se apuntó que "los datos obtenidos con afectación a los derechos humanos carecerán de todo valor probatorio".

El texto señala que el titular de la Sedena será la responsable de organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar a la Guardia Nacional y la persona titular de la Comandancia debe ostentar la jerarquía de General de División de Guardia Nacional y será nombrada por la persona titular de la Presidencia. 

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