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Aunque el gobierno federal tuvo que echarse para atrás ante los reclamos, las declaraciones del secretario de Educación, Mario Delgado, acerca de que el fin de cursos en las escuelas concluiría un mes antes de lo previsto debido al Mundial y al calor; además de que, aseveró, al final del ciclo escolar “ya ni clases hay” en muchas escuelas y, en algunos casos, estas funcionan como “estancias” para hijos de madres trabajadoras, podrían pasar como una simple anécdota, si no fuera porque, en realidad, es una muestra clara de cómo percibe la 4T el derecho a la educación.
Para Andrés Manuel López Obrador, la prioridad en la materia fue dejar sin efecto la reforma educativa impulsada por Enrique Peña Nieto, porque decía que era “punitiva” y formaba parte de una “agenda impuesta desde el extranjero”, orientada a la privatización de la educación en el país…
Por ello, metió reversa al Sistema Nacional de Evaluación Educativa y desapareció al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) como órgano constitucional autónomo y máxima autoridad en materia de evaluación; además de que instrumentó la polémica e improvisada Nueva Escuela Mexicana con sus controversiales libros de texto.
Para mantener su legado y asegurar la permanencia de su movimiento, AMLO no solo rompió con el Estado de derecho y destruyó instituciones, también se apropió del poder Legislativo mediante la “sobrerrepresentación” y se aseguró de que quien le sucediera fuera leal e incapaz de tomar una dirección que no fuera la marcada por él; lo que permitió que se concretara una de sus mayores ambiciones: la reforma judicial.
Gracias a ello, hoy la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con sus ministras y ministros surgidos de la tómbola y los acordeones, forma parte del blindaje para garantizar la permanencia de la denominada “Cuarta Transformación” en todos los ámbitos, incluido el educativo.
Como botón de muestra, ahí está la determinación que, por unanimidad, tomó la corte el pasado 17 de mayo al confirmar, en revisión, la negativa de un juez de distrito de otorgar el amparo (419/2025) en contra del Acuerdo de 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), a un colegio particular que se inconformó por considerar que las normas de evaluación del aprendizaje y de la asistencia de los alumnos de educación preescolar, primaria y secundaria, resultan regresivas y contrarias al derecho a la educación de excelencia.
El acuerdo 10/09/23, expedido durante el gobierno de López Obrador por la entonces secretaria de Educación, Leticia Ramírez, establece que el primer grado de primaria se acredita solo con haber cursado el grado; y, de segundo a sexto grado, se acredita con un promedio final mínimo de seis en los campos formativos y no establece ningún requisito de asistencia para acreditarlos. Lo mismo aplica en secundaria.
El acuerdo anterior a este (11/03/19) determinaba que primero y segundo grados de primaria se acreditaban con solo haber cursado el grado; de tercero a quinto grado se acreditaba con el ochenta por ciento de asistencia, promedio mínimo de seis y al haber aprobado, al menos, seis asignaturas; y, en sexto grado, se acreditaba con el ochenta por ciento de asistencia y promedio final mínimo de seis en todas las asignaturas.
El proyecto de la sentencia aprobada estuvo a cargo de la “ministra del pueblo”, Lenia Batres, quien sostuvo, entre otras cosas, que “La educación de excelencia no se agota en registros de asistencia ni en acreditaciones de asignaturas o grados mediante mediciones numéricas cuantitativas, pues esa perspectiva resulta reduccionista frente a la complejidad y pluralidad de factores que integran este principio, que incide en la formación de más de 23 millones 358 mil 341 alumnas y alumnos de nuestro país”.
El presidente de la corte, Hugo Aguilar, argumentó que equiparar o fincar la excelencia en la asistencia no es correcto. “Es decir, el hecho de que alguien asista todos los días no garantiza que tenga excelencia, que aprenda ni que haga suyos los conocimientos. Entonces, asistencia no es igual a excelencia; por tanto, no puede haber regresividad cuando no se contempla el ochenta por ciento de asistencia”.
Y, agregó: “Además, bajo esta perspectiva holística de la educación que plantea la Nueva Escuela Mexicana, uno podría decir que, si una niña o un niño no va a la escuela, ello constituye un indicio de que algo está ocurriendo en el seno de la familia”.
Con dicha sentencia, la SCJN se limitó a avalar el acuerdo impugnado, sin interpretar siquiera qué diantres debemos entender por “educación de excelencia” con base en el artículo tercero de la Constitución… y es que, queda claro, no se trata de ejercer funciones de tribunal constitucional, sino de validar todo cuanto haga y deshaga la 4T.
En el 2024, el Tecnológico de Monterrey y México Evalúa presentaron un interesante proyecto denominado “Aprender Parejo”, con informes y propuestas de política pública para atender los retos educativos en el país. En este, hablan de la urgencia de “crear espacios de diálogo sistemático entre autoridades, estudiantes, familias, docentes y el sector privado para alinear las perspectivas educativas”, lo que hoy resulta un sueño guajiro.