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La SCJN desechó un amparo directo en revisión y ratificó la disminución de la pena contra Benjamín “N”, responsable del envenenamiento de Athos y Tango, de 10 a cuatro años de prisión
Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme la reducción de la sentencia contra Benjamín “N”, responsable de la muerte de los perros rescatistas Athos y Tango, de 10 años y seis meses a solamente cuatro años de prisión.
Al resolver el amparo directo en revisión 7933/2025, el Alto Tribunal no entró al fondo del asunto, pues no existe un tema de constitucionalidad pendiente en este caso, desechó el recurso de revisión y ratificó la sentencia de amparo dictada por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con sede en el estado de Querétaro.
“Al no subsistir tema de constitucionalidad alguno que deba ser objeto de pronunciamiento por este Alto Tribunal, lo que procede es declarar improcedente el recurso de revisión intentado, desecharlo y, por lo tanto, dejar firme la sentencia recurrida”, determinó el proyecto de sentencia elaborado por el ministro Irving Espinoza Betanzo.
El 13 de junio de 2021, Benjamín “N” envenenó a ambos perros rescatistas con salchichas impregnadas con una sustancia tóxica.
Tras la muerte de Athos y Tango, una jueza local declaró culpable a dicho individuo por delitos cometidos contra los animales el 30 de agosto de 2022 y lo condenó a 10 años y seis meses de cárcel.
Posteriormente, el sujeto apeló la sentencia ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, la cual ratificó la resolución.
No obstante, Benjamín “N” interpuso una demanda de amparo ante el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, el cual le concedió la protección de la justicia federal y ordenó la reducción de la condena hasta un máximo de cinco años de prisión.
La defensa de Benjamín “N” argumentó que la agravante de crueldad generaba una doble sanción por el tipo penal de delitos cometidos contra los animales, cuyo castigo establecido en el artículo 246-D Bis del Código Penal del Estado de Querétaro es de uno a cinco años de cárcel.