Durante septiembre, las notarías ofrecen asesoría gratuita, horarios extendidos y descuentos de hasta 50% para facilitar la elaboración de testamentos y dar certeza jurídica a las familias
El Gobierno de México y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano impulsan nuevamente la campaña Septiembre, Mes del Testamento 2025, una iniciativa que busca fomentar la cultura de previsión y brindar certeza jurídica a las familias.
Durante este mes, las notarias de todo el país ofrecen beneficios especiales y asesoría para facilitar el trámite.
1. Beneficios de la campaña
-Reducción de hasta el 50 por ciento en el costo.
-Asesoría gratuita con notarios públicos.
-Horarios extendidos en notarías participantes.
-Prevención de juicios costosos y conflictos familiares.
-Garantía de que la voluntad del testador sea cumplida.
2. Pasos para hacer tu testamento
-Visita la notaría de tu elección.
-Presenta una identificación oficial.
-Proporciona tus datos generales.
-Considera que, si se requieren testigos, el notario lo solicitará.
-Realiza el pago correspondiente (con descuento en septiembre).
-Expresa tu voluntad y decide a quién heredar tus bienes.
3. ¿Qué puedes heredar?
Bienes: muebles e inmuebles.
Derechos: como marcas registradas.
Obligaciones: deudas que se cubrirán hasta donde los bienes lo permitan.
4. Requisitos y flexibilidad
-No necesitas tener bienes ni hijos para hacer tu testamento.
-Puedes modificarlo cuantas veces lo desees: el último siempre será el válido.
-Si lo extravías, puedes solicitar una copia en la notaría donde lo otorgaste.
-Tus bienes se reparten únicamente después de tu fallecimiento.
5. Tipos de testamento
Especiales: marítimo, privado, hecho en el extranjero, militar y agrario.
Ordinarios: público abierto, público cerrado, ológrafo y simplificado.
6. Sujetos en el testamento
Albacea: administra los bienes.
Tutor: protege legalmente a menores o personas con discapacidad.
Legatario: recibe un bien específico.
Heredero: recibe el conjunto de bienes y obligaciones.
7. Consideraciones adicionales
· Se solicitan testigos cuando la persona testadora no sabe leer, escribir o firmar, no habla español o tiene alguna discapacidad visual o auditiva.
· Si existe una discapacidad o barrera de comunicación, se puede asistir con un acompañante o traductor.
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