No importa la modalidad en la que laboren, la legislación ordena que las personas empleadoras paguen aguinaldo a las empleadas domésticas antes del 20 de diciembre
Confundida, una de las trabajadoras lanza la pregunta en el grupo virtual: “¿Alguien sabe si a nosotras nos corresponde aguinaldo?”. De inmediato sus compañeras tratan de orientarla: “Depende de cuánto tiempo lleves en esa casa”, “depende de tus patrones. A mí me dijeron que es un regalo, que si quieren, lo dan”. Las empleadas del hogar tienen derecho a recibir aguinaldo y las personas empleadoras, la obligación de pagarlo, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). El artículo 334 Bis de la LFT indica que éstas son las prestaciones que todas las empleadas de planta o de entrada por salida deben recibir:- Aguinaldo
- Vacaciones
- Prima vacacional
- Pago de días de descanso
- Acceso obligatorio a la seguridad social
- Y cualquier otra prestación que pacten entre las partes
Es como de la familia
Uno de los primeros sectores afectados por el confinamiento y por la crisis económica a causa de la pandemia fue el trabajo del hogar remunerado. A inicios de 2020, alrededor de 2.4 millones de mujeres tenían empleo en esta actividad, pero para octubre de 2021 sólo 2.1 millones habían podido regresar a laborar, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Guillermina Hernández no dejó de trabajar, lo cual no es completamente positivo. Desde hace 13 años viaja dos veces a la semana desde San Salvador Atenco, Estado de México, hasta las inmediaciones de la estación Chabacano del Metro. Y hace menos de un año que se traslada otros dos días a San Pablo Chimalpa, en Cuajimalpa. Hubiera sido casi imposible que en sus trayectos de cinco horas, en promedio, no se hubiera contagiado de COVID-19. “El año pasado me dio, pero gracias a Dios ya estoy bien”. Nueve meses le duró la convalencencia, tiempo en el que no trabajó, así que no le pagaron. Tenía 14 años cuando comenzó a laborar en una casa. Fue reclutada como aún se estila entre familias de clases medias y más: la empleadora le pidió a “la muchacha” —como les llaman con desdén a las trabajadoras— de una de sus amigas que le consiguiera una para ella. De esa manera, la adolescente llegó a la Ciudad de México desde la conunidad de La lagunilla, municipio de Tetela de Ocampo, Puebla, para encargarse del aseo de una casa y el cuidado de un matrimonio con dos bebés. “Alejandrita tenía 8 meses y Alan, 5 años”, recuerda. La señora Guillermina Hernández tiene ahora 53 años y sigue laborando como empleada del hogar. Su salario fue siempre más que complementario al de su esposo, gerente de una pequeña refaccionaria y ahora velador, para criar a sus cuatro hijos. Durante ocho años laboró de planta en la casa del doctor Rodríguez y su familia. “De él nunca recibí nada más que mi sueldo. Una vez le pregunté si me podía dar aguinaldo y me dijo que estaba yo mal, que le diera gracias a Dios que me estaba dando trabajo y que yo no tenía derecho. Y que si no me gustaba o que si iba a empezar a pedir, que me podía ir”. En 2008 comenzó a trabajar en la casa de una señora de la tercera edad, quien vive con su hijo jubilado. Limpia, lava, plancha y hace la comida. Aquí hay que señalar que sus guisos han sido elogiados por cada una de las familias que han tenido el privilegio de tenerla. Hace 40 años, cuando llegó de su pueblo, sabía preparar “apenas lo básico: salsa con huevo, costillas, pero aquí va una aprendiendo”. La empleadora de 83 años le paga 500 pesos al día y va cada martes y viernes, desde hace 13 años. El próximo 16 de diciembre recibirá 2,500 pesos de aguinaldo. Pero no la han inscrito al programa piloto para trabajadoras del hogar del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). “No, hasta ahorita que usted me está diciendo, no lo conocía”. Es decir, que labora en la informalidad, como el 98% de las mujeres que se dedican a esta actividad, por lo tanto, no cuenta con incapacidades pagadas, seguro por enfermedades de trabajo, acceso a los servicios de salud, ni ahorro para el retiro. Hace unos años, cuando salió a tirar la basura, cayó y se fracturó la pierna derecha. “Iba yo con prisa, porque ya era tarde y me quería ir a mi casa, aunque me caí en el trabajo ellos no me ayudaron, no me pagaron el doctor ni los días que no fui”. Aún así Guillermina Hernández dice que la quieren como a alguien de la familia. “Desayuno y como con ellos y siempre me dan aguinaldo el día 16”. Aún no sabe si los otros empleadores, los de Cuajimalpa, le pagarán esta prestación. Sabe que en esa casa se graban discos, “cuando llegan los artistas tengo que atender a seis o siete personas. Empiezo a las 7 de la mañana y no paro hasta las 11 de la noche, esos días me quedo ahí”.La fórmula para calcular el aguinaldo
El Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar (Caceh) y la organización Nosotrxs han publicado en sus páginas y en redes sociales fórmulas fáciles para calcular el aguinaldo de las trabajadoras. El que quizá causa más confusión es el que se debe pagar a quienes laboran solo unos días a la semana. Pero partamos de que el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que si la trabajadora ya cumplió un año en el empleo, le corresponden 15 días de salario. Comencemos con las empleadas de planta. Aquí es mejor hacer la operación con base en el salario mensual, de acuerdo con Nosotrxs. Digamos que la familia que la contrató sabe que en 2020 las trabajadoras del hogar ingresaron a la lista de salarios mínimos profesionales, así que deben ganar al menos 154 pesos al día hasta el 31 de diciembre de 2021 (a partir de 2022 el monto será de 187.92 pesos al día). Redondeando números, recibe 4,700 pesos al mes.Ejemplo para el caso de una trabajadora que laboró todo el año:
- 4,700 pesos / 30 días = 156.66 pesos es el salario diario
- 156.66 pesos de salario diario x 15 días correspondientes de aguinaldo = 2,349.90 pesos
- La trabajadora recibirá 2,349.90 pesos por concepto de aguinaldo
Ejemplo para una trabajadora que laboró seis meses (180 días):
- 4,700 pesos / 30 días = 156.66 pesos es el salario diario
- 156.66 pesos de salario diario x 15 días correspondientes de aguinaldo = 2,349.90 pesos
- 2,349.90 pesos / 365 días = 6.43 pesos
- 6.43 pesos se multiplican por 180 días laborados = 1,157.40 pesos
- La trabajadora recibirá 1,147.20 pesos por concepto de aguinaldo tras laborar 180 días
- 500 x 2 días a la semana = 1,000 pesos es el salario semanal
- 1000 x 2 semanas al mes = 2,000 pesos quincenales
- La trabajadora recibirá 2,000 pesos por concepto de aguinaldo de parte de ese patrón
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