Pese a amparo que Uber promovió, la SICT reiteró que empresas de plataformas digitales no pueden brindar servicio de transporte en aeropuertos
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que los servicios de transporte ofrecidos por aplicaciones como Uber, no cuentan con autorización para operar en los aeropuertos del país.
A través de la Dirección General de Autotransporte Federal, la dependencia señaló en un comunicado que la empresa promovió un amparo derivado de los operativos que realiza la Guardia Nacional en las terminales aéreas.
Explicó que el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, otorgó una suspensión a la empresa, para que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la normatividad establecida en la Ley de Caminos Puentes de Autotransporte Federal y el Reglamento correspondiente, “evitando que estos sean arbitrarios y discriminatorios“.
"Lo que no implica una autorización para la prestación de estos servicios", aclaró.
Respecto de los servicios de pasajeros de y hacia los aeropuertos, la #SICTinforma: pic.twitter.com/xDhqP7JCsW
— SICT México (@SICTmx) October 30, 2025
En ese sentido, la Secretaría recordó a los usuarios que pueden seguir utilizando los servicios autorizados de taxis en aeropuertos, así como transporte turístico y autobuses hacia destinos específicos.
El pasado 27 de octubre, la compañía de transporte promovió un amparo debido a los operativos que la Guardia Nacional estaba realizando en los aeropuertos del país, aludiendo a que esta carecía de la autorización respectiva para brindar el servicio.
Hoy @Uber_MEX insta al @GobiernoMX a que acate la decisión de una jueza federal que determinó que no se puede detener a los conductores que recojan o dejen pasaje en los aeropuertos. Aunque todavía no es una resolución final es vigente en lo que se resuelve el juicio de amparo. pic.twitter.com/Zl9AYXQS3c
— Rodrigo Pacheco (@Rodpac) October 27, 2025
El objetivo del amparo, que fue otorgado por un juzgado, el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, fue obtener una suspensión para que los operativos se ejecutaran conforme a la normatividad de la Ley de Caminos Puentes de Autotransporte Federal y "el Reglamento correspondiente aplicable", buscando evitar que estas acciones fueran arbitrarias y discriminatorias.
Sin embargo, esto no otorga ni implica una autorización para la prestación de los servicios de transporte en los aeropuertos.
Es oficial, Uber ya podrá operar en los aeropuertos
Comparte esta nota: